Resolución Nº 24-20. Resolución que Aprueba el Contrato Entre el Ingenio Boca Chica y la Señora Miledy Altagracia Peña Santana, por Medio del Cual el Primero Vende a la Segunda, una Porción de Terreno de 295.93MTS², Dentro de la Parcela No. 201-A (pte), del D.C. No. 32, Manzana No. 27, Solar No. 6, Bloque A, Sección los Frailes, Lugar Brisas de las Américas, D.N.

Número de resolución24-20
Fecha de publicación14 Febrero 2020
Número de registro3395609
Fecha de disposición07 Febrero 2020
EmisorCONGRESO NACIONAL (CN).
Número de Gaceta10971
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Res. No. 24-20 que aprueba el contrato entre el Ingenio Boca Chica y la señora Miledy
Altagracia Peña Santana, por medio del cual el primero vende a la segunda, una porción
de terreno de 295.93Mts², dentro de la parcela No. 201-A (pte), del D.C. No. 32, manzana
No. 27, solar No. 6, Bloque A, sección Los Frailes, lugar Brisas de las Américas, D.N. G.
O. No. 10971 del 14 de febrero de 2020.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 24-20
VISTO: El inciso 19 del art.37 de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de venta suscrito entre el Estado dominicano y MILEDY
ALTAGRACIA PEÑA SANTANA.
VISTA: La Resolución del Senado de fecha 10 de octubre del 2006, mediante la cual se crea
un mecanismo especial para el conocimiento y sanción de contratos de venta de terrenos con
menos de 500.00 metros cuadrados y apartamentos construidos con carácter social.
RESUELVE:
UNICO: APROBAR el contrato de venta entre el Estado dominicano y MILEDY
ALTAGRACIA PEÑA SANTANA, 295.93 mt2, ubicados dentro del ámbito de la parcela
No. 201-A (Pte.), D. C. No. 32, del Distrito Nacional, sección Los Frailes, lugar Brisas de las
Américas, manzana No.27, solar No.6, (Bloque A) valorados en la suma de RD$29,593.00,
suscrito en fecha 03 de abril del año 2006; que copiado a la letra dice así:
CONSEJO ESTATAL DEL AZUCAR (CEA)
LUGAR: BRISAS DE LAS AMERICAS
CC-B2683
CONTRATO DE COMPRA VENTA DE TERRENOS
ENTRE: De una parte, el INGENIO BOCA CHICA, institución autónoma del Estado
dominicano, organizada y existente de conformidad con la Ley No.7, de fecha 19 del mes de
agosto del año 1966, válidamente representado por el director ejecutivo, DR. DOMINGO
ENRIQUE MARTÍNEZ REYES, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula
de identidad y electoral No.026-0046124-4, domiciliado y residente en esta ciudad de Santo
Domingo, quien actúa en virtud del poder No.465-03, que le fuere otorgado por el Presidente
de la República, en fecha 12 de agosto de año 2003, que en lo que sigue del presente contrato
se denominará EL INGENIO y de la otra parte, la señora MILEDY ALTAGRACIA PEÑA

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