Resolución Nº 262-2022 del Ministerio de Administración Pública, 2022

Año2022
Número de resolución262-2022
Fecha de publicación06 Octubre 2022
Tipo de documentoResolución
t
/m
GOBIERNO
DE
LA
REPÚBLICA
DOMINICANA
ADMINISTRACION
PUBLICA
RNC-401-03674-6
Avanzamos
para
ti
El
Ministerio
de
Administración
Pública
(MAP),
a
través
de
su
ministro,
en
ejercicio
de
las
atribuciones
que
le
confieren
la
de
Función
Pública,
y
la
Ley
núm.
247-2012
Orgánica
de
la
Administración
Pública,
dicta
la
siguiente
resolución;
Resolución
núm.
262-2022,
que
instruye
y
establece
normas
específicas
para
la
aplicación
de
disposiciones
Legales
y
Reglamentarias
relativas
al
Ingreso
por
Méritos
a
Cargos
de
Carrera
Administrativa.
CONSIDERANDO
PRIMERO;
Que
el
artículo
138
de
la
Constitución
de
la
República
establece:
“Principios
de
la
Administración
Pública.
La
Administración
Pública
está
sujeta
en
su
actuación
o
los
principios
de
eficacia,
jerarquía,
objetividad,
igualdad,
transparencia,
economía,
publicidad
y
coordinación,
con
sometimiento
pleno
al
ordenamiento
jurídico
del
Estado.
La
ley
regulará:
I)
El
estatuto
de
los
funcionarios
públicos,
el
acceso
a
la
función
pública
con
arreglo
al
mérito
y
capacidad
de
los
candidatos,
la
formación
y
capacitación
especializada,
el
régimen
de
incompatibilidades
de
los
funcionarios
que
aseguren
su
imparcialidad
en
el
ejercicio
de
las
funciones
legalmente
conferidas
...”
CONSIDERANDO
SEGUNDO;
Que
el
artículo
142
de
la
Constitución
de
la
República
Reza:
“Función
Pública.
El
Estatuto
de
1a
Función
Pública
es
un
régimen
de
derecho
público
basado
en
el
mérito
y
la
profesionalización
para
una
gestión
eficiente
y
el
cumplimiento
de
las
fundones
esenciales
del
Estado.
Dicho
estatuto
determinará
la
forma
de
ingreso,
ascenso,
evaluación
del
desempeño,
permanencia
y
separación
del
servidor
público
de
sus
funciones.”
CONSIDERANDO
TERCERO:
Que
el
artículo
143
de
la
misma
Carta
Magna
dispone:
“Régimen
estatutario.
La
ley
determinará
el
régimen
estatutario
requerido
para
la
profesionalización
de
los
diferentes
instituciones
de
la
Administración
Pública.”
CONSIDERANDO
CUARTO;
Que
el
artículo
23
de
la
de
Función
Pública,
dispone;
“Es
funcionario
o
servidor
público
de
carrero
administrativa
quien,
habiendo
concursado
públicamente
y
superado
las
correspondientes
pruebas
e
instrumentos
de
evaluación,
de
conformidad
con
la
presente
ley
y
sus
reglamentos
complementarios,
ha
sido
nombrado
para
desempeñar
un
cargo
de
carácter
permanente
clasificado
de
carrera
y
con
previsión
presupuestario.”
Resolución
núm.
262-2022,
que
instruye
y
establece
normas
específicas
para
la
aplicación
de
disposiciones
Legales
y
Reglamentarias
relativas
al
Ingreso
por
Méritos
a
Cargos
de
Carrera
Administrativa.
Página
I
de
6
Avcnici.i
27
de
Febrero
419
El
Millón
II
Santo
Domingo
República
Dominicana
TELÉFONO
809
682
3298
MAP.GOB.DO

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR