Resolución Nº 2761. Resolución del C. N. Disponiendo que No Se Dara Curso a Ninguna Solicitud que Verse sobre Reconocimiento de Deudas, que por su Caracter Esten Sometidas a la Ley de Credito Publico

Fecha de publicación01 Enero 1889
Fecha de disposición26 Junio 1889
Número de resolución2761
Número de registro3263294
-148-
DADA en Santo Domingo de Guzmh, Distrito Nacional, Capital de la
Repdblica Dominicana, a 10s veintiocho (28) dias del mes de enero del
aiio
mil novecientos
noventa
y
siete,
aiio
153 de la Independencia
y
134 de la Restauracibn.
Leone1 Fernhdez
Ley
No.
26-97 que concede una pensibn mensual del Estado
a1
seiior
Lorenu, Polanco.
(G.
0.
No. 9946, del 31 de enero de 1997).
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre
de
la
Republica
Ley
NO.
26-97
CONSIDERANDO:
Que el sefior el seiior Lorenzo Polanco fue diputado
durante el period0 1982-1986
y
ha servido al Estado desde otras funciones, principalmente
como educador por mis de veinte (20
aiios);
CONSIDERANDO:
Que el Estado Dominican0 est& en la obligaci6n de
ofrecer protecci6n a 10s ciudadanos que hayan alcanzado una edad avanzada
y
que haya
prestado servicios a la Naci6n;
VISTO
el Articulo 10 de la Ley No.379, del 11 de diciembre de 1981, sobre
Pensiones
y
Jubilaciones Civiles del Estado.
HA
DADO LA SIGUIENTE LEY:
Articulo 1.- Se concede
una
pensi6n mensual del Estado de RD$8,OO0.00
(ocho mil
pesos
oro)
en favor del seiior Lorenzo Polanco.
Articulo
2.-
Dicha pensibn serir pagada con cargo al Fondo de Pensiones y
Jubilaciones Civiles del Estado de la Ley de Gastos Mblicos.
DADA en la Sala de Sesiones de la Chara de Diputados, Palacio del
Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmh, Distrito Nacional, Capital de la
Reptiblica Dominicana, a
10s
tres
(3)
dias del mes
de
octubre del
aiio
mil
novecientos
noventa
y
stis,
aiio
153 de la Independencia
y
134
de la Restauraci6n.

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