Resolución Nº 309. Carta de Naturalizacion del Sr. Manuel Garcia Landeira.

Fecha de disposición27 Mayo 1939
Número de resolución309
Fecha de publicación01 Enero 1939
Número de registro3271794
Número de Gaceta5318
-..
55
1
COLECCION
DE
LEYES,
DECRETOS
&.-1854.
.__
-~
~
--_~
~ ~~
__
~___--
Art.
91.
En &a, las mociones, modificaciones
6
submodifica-
ciones no necesitan de apoyo para
su
admision y discusion.
Art. 92. La Camara se dbeclara en Comision general, cuan-
do
se
trate del examen de lo:; presupuestos de ingresos
y
egresos
generales,
y
de todos 10s proyectos de beyes
6
decretos que esta-
blezcan algun tributo
6
impuesto sobre
eJ
pueblo; y para el de
cualiquiera otra negocio en que la mayoria de la Camara lo esti-
me conveniente.
Art.
93.
El
examen en Comision general debera efectuarse
Antes que el proyecto de ley
6
mocion pase a
tercera
discusion.
Art.
94.
Los
proyectos
que
en ella
se
consideren, no
sufriran
alteraciones ni acliciones. sino que se llevara razon exacta, en pa-
pel
por
separado, de las que se propongan
y
acuerden para sorne-
terlas despues
a
la Camara Liegislativa.
Art.
95.
Los
Representantes no podran presentarse en la
sala de las sesiones sino de casaca.
Dado
en la Capital de la Rephblica
el
12 de Junio de 1854,
y
110.
de la Patria.-El Presidente de la Chmara.-F. Perdomo.--
Los
Secretarios
:
P.
Ricart hijo.-J. Lhveres.
+
N6m. 342.-DECRETO del
P.
E.
convocando extraordinariamen-
te
10s
C.
C.
E.
E.
para
la
ellelccion del Vice-Presidente de
la RepablSca.
Dios, Patria
y
Libertad.-Repfiblica
Dominicans.-Pedro
Santana, General en gefe
de
10s
ejCrcitos, Lib'ertador de la Patria
y
Presidente de la Rep~blica.
Vista
la
renuncia formal hecha por
el
Seiior Felipe Alfau del
cargo de Vice-Presidente de la Repiiblica,
A
que
fu&
llamado
por
el
sufragio electoral, cuya circunstancia me ha sido participada
por
el
Congreso Nacioiial en
SU
comunicacion de este dia.
Considerando
:
que en esta virtud,
10s
Colegios Electorales
deben reunirse inmediatamente para proceder
6
nueva eleccion,
segun lo determina
el
articulo
74
de
la
Constitucion,
HE
VENIDO EN DECRETAR
Y
DECRETO:
Art.
lo.
Quedan convocados extraordinariamente
10s
Cole-
gios
Electorales,
Q
fin de
que
se
reunan en
sus
r,espectivas capita-
les
de prwincias, 'en
el
termino de treinta dias, contados desde
es-

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