Resolución Nº 321-22. Que aprueba el contrato entre el estado dominicano y el señor rodolfo antonio herrera valerio, a través del cual el primero vende al segundo, una porción de terreno de 332.89mts², dentro de la parcela no. 110-ref-780-parte, del d.c. no. 4, barrio enriquillo, herrera, d.n.

Fecha de disposición15 Julio 2022
Número de resolución321-22
Fecha de publicación15 Julio 2022
Número de Gaceta11074
- 381 -
Res. núm. 321-22 que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y el señor Rodolfo
Antonio Herrera Valerio, a través del cual el primero vende al segundo, una porción de
terreno de 332.89Mts², dentro de la parcela No. 110-Ref-780-parte, del D.C. No. 4,
Barrio Enriquillo, Herrera, D.N. G. O. No. 11074 del 15 de julio de 2022.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 321-22
VISTO: El inciso 19 del art.37 de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de venta suscrito entre el Estado dominicano y RODOLFO ANTONIO
HERRERA VALERIO.
VISTA: La Resolución del Senado de fecha 10 de octubre del 2006, mediante la cual se crea
un mecanismo especial para el conocimiento y sanción de contratos de venta de terrenos con
menos de 500 metros cuadrados y apartamentos construidos con carácter social.
R E S U E L V E:
UNICO: APROBAR el contrato de venta entre el Estado dominicano y RODOLFO
ANTONIO HERRERA VALERIO, 332.89 mts2, dentro del ámbito de la parcela No.110-
Ref.780-parte del Distrito Catastral No.4, del Distrito Nacional, sector Barrio Enriquillo, de
Herrera, valorada en la suma de RD$166,445.00, suscrito en fecha 28 de marzo del año 2003,
que copiado a la letra dicen así:
CONTRATO CONDICIONAL DE VENTA DE TERRENOS
No.4292
ENTRE: De una parte, ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este acto
por el titular de la Administración General de Bienes Nacionales, institución del Estado
dominicano, organizada y existente de conformidad con la Ley No.1832 de fecha 8 de
noviembre del año 1948, señor BIENVENIDO BRITO, dominicano, mayor de edad,
funcionario público, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.001-0901865-5,
domiciliado en la calle Pedro Henríquez Ureña esquina Pedro A. Lluberes, de esta ciudad,
quien en lo que sigue del presente contrato se denominará EL VENDEDOR o por su propio
nombre, y de la otra parte, el señor RODOLFO ANTONIO HERRERA VALERIO,
dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-
1021670-2, domiciliado y residente en la calle Catalina No.5, sector Arroyo Hondo III, de
esta ciudad, quien en que sigue del presente contrato se denominará EL COMPRADOR o
por su propio nombre.

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