Resolución Nº 326-22. Que aprueba el contrato entre el estado dominicano y el señor juan lorenzo leiniz nina, en virtud del cual el primero vende al segundo, una porción de terreno de 111.41mts², dentro de la parcela no. 154 (parte), del d.c. no. 15, sector katanga, los mina, d.n.

Fecha de disposición15 Julio 2022
Número de resolución326-22
Fecha de publicación15 Julio 2022
Número de Gaceta11074
- 408 -
Res. núm. 326-22 que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y el señor Juan
Lorenzo Leiniz Nina, en virtud del cual el primero vende al segundo, una porción de
terreno de 111.41Mts², dentro de la parcela No. 154 (parte), del D.C. No. 15, sector
Katanga, Los Mina, D.N. G. O. No. 11074 del 15 de julio de 2022.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 326-22
VISTO: El inciso 19 del art.37 de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de venta suscrito entre el Estado dominicano y JUAN LORENZO
LEINIZ NINA.
VISTA: La Resolución del Senado de fecha 10 de octubre del 2006, mediante la cual se crea
un mecanismo especial para el conocimiento y sanción de contratos de venta de terrenos con
menos de 500 metros cuadrados y apartamentos construidos con carácter social.
R E S U E L V E:
UNICO: APROBAR el contrato de venta entre el Estado dominicano y JUAN LORENZO
LEINIZ NINA, 111.41 mts2, dentro del ámbito de la parcela No.154 (parte), del Distrito
Catastral No.15, del Distrito Nacional, ubicada en el sector Katanga, Los Mina, valorada en
la suma de RD$27,852.50, suscrito en fecha 12 de abril del año 2004, que copiado a la letra
dicen así:
CONTRATO CONDICIONAL DE VENTA DE TERRENOS
No.7866
ENTRE: De una parte, ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este acto
por el titular de la Administración General de Bienes Nacionales, institución del Estado
dominicano, organizada y existente de conformidad con la Ley No.1832 de fecha 8 de
noviembre del año 1948, señor BIENVENIDO BRITO, dominicano, mayor de edad,
casado, funcionario público, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.001-0901865-
5, domiciliado en la calle Pedro Henríquez Ureña esquina Pedro A. Lluberes, de esta ciudad,
quien en lo que sigue del presente contrato se denominará EL VENDEDOR o por su propio
nombre, y de la otra parte, el señor JUAN LORENZO LEINIZ NINA, dominicano, mayor
de edad, casado, comerciante, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.001-
0491113-68, domiciliado y residente en la Avenida San Vicente de Paul No.153, del sector
Los Mina Nuevo, de esta ciudad, quien en lo que sigue del presente contrato se denominará
EL COMPRADOR.

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