Resolución Nº 329-21. Que aprueba el contrato de préstamo no. 5282/oc-dr, suscrito en 24 de junio de 2021, por un monto de us$100,000,000.00, para ser destinado al financiamiento del programa de rehabilitación y ampliación del puerto de manzanillo.

Fecha de disposición08 Octubre 2021
Número de resolución329-21
Fecha de publicación11 Octubre 2021
Número de Gaceta11039
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Res. No. 329-21 que aprueba el Contrato de Préstamo No. 5282/OC-DR, suscrito en 24
de junio de 2021, por un monto de US$100,000,000.00, para ser destinado al
financiamiento del Programa de Rehabilitación y Ampliación del Puerto de Manzanillo.
G. O. No. 11039 del 11 de octubre de 2021.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 329-21
Visto: El contrato de préstamo No.5282/OC-DR suscrito el 24 de junio de 2021, entre la
República Dominicana y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por hasta un monto
de cien millones de dólares de los Estados Unidos de América con 00/100
(US$100,000,000.00), para el financiamiento del Programa de Rehabilitación y Ampliación
del Puerto de Manzanillo de la República Dominicana, a ser ejecutado por el Ministerio de
Obras Públicas y Comunicaciones.
RESUELVE:
Único: Aprobar el contrato de préstamo No.5282/OC-DR suscrito el 24 de junio de 2021,
entre la República Dominicana y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por hasta un
monto de cien millones de dólares de los Estados Unidos de América con 00/100
(US$100,000,000.00), para el financiamiento del Programa de Rehabilitación y Ampliación
del Puerto de Manzanillo de la República Dominicana, a ser ejecutado por el Ministerio de
Obras Públicas y Comunicaciones, que copiado a la letra dice de la manera siguiente:
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Resolución DE-37/21
CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 5282/OC-DR
entre la
REPÚBLICA DOMINICANA
y el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
Programa de Rehabilitación y Ampliación del Puerto de Manzanillo
24_ de junio de 2021
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LEG/SGO/CID/EZSHARE-1818689733-7202
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CONTRATO DE PRÉSTAMO
ESTIPULACIONES ESPECIALES
Este contrato de préstamo, en adelante el “Contrato”, se celebra entre la REPUBLICA
DOMINICANA en adelante el “Prestatario”, y el BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO, en adelante individualmente el “Banco” y, conjuntamente con el
Prestatario, las “Partes”, el 24 de junio de 2021.
Por solicitud del Prestatario, el presente contrato podrá ser incorporado en la Lista de
Préstamos de Redireccionamiento Automático (LRA) incluida en el Apéndice I del Contrato
de Préstamo Contingente para Emergencias por Desastres Naturales, número DR-X1003,
suscrito entre el Prestatario y el Banco en fecha 18 de febrero de 2010 o sus modificaciones
posteriores. Las disposiciones de este Contrato serán modificadas en consecuencia por carta-
acuerdo que se perfeccionará mediante la suscripción por los representantes autorizados del
Prestatario y del Banco.
CAPÍTULO I
Objeto y Elementos Integrantes del Contrato
CLÁUSULA 1.01. Objeto del Contrato. El objeto de este Contrato es acordar los términos
y condiciones en que el Banco otorga un préstamo al Prestatario para contribuir a la
financiación y ejecución del Programa de Rehabilitación y Ampliación del Puerto de
Manzanillo cuyos aspectos principales se acuerdan en el Anexo Único.
CLÁUSULA 1.02. Elementos Integrantes del Contrato. Este Contrato está integrado por
estas Estipulaciones Especiales, por las Normas Generales y por el Anexo Único.
CAPÍTULO II
El Préstamo
CLÁUSULA 2.01. Monto y Moneda de Aprobación del Préstamo. En los términos de
este Contrato, el Banco se compromete a otorgar al Prestatario, y éste acepta, un préstamo
hasta por el monto de cien millones de Dólares (US$100.000.000), en adelante, el
“Préstamo”.
CLÁUSULA 2.02. Solicitud de desembolsos y moneda de los desembolsos. (a) El
Prestatario podrá solicitar al Banco desembolsos del Préstamo, de acuerdo con lo previsto en
el Capítulo IV de las Normas Generales.

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