Resolución Nº 38-88. Resolución que Aprueba el Acuerdo de Prestamo No. 517-T-006 Suscrito Entre el Gobierno Dominicano y la Agencia para el Desarrollo Internacional, Ascendente a Us$10.0 Destinados a Financiar Un Programa en Favor de Pequeños Agricultores Asociados a Agroempresas, para Incrementar la Produccion de Cultivos No Tradicionales.

Fecha de disposición26 Mayo 1988
Número de resolución38-88
Número de registro3327404
Fecha de publicación01 Enero 1988
Número de Gaceta9736
I
9
Res.
No.
38-88
que aprueba
el
Acuerdo de Prgstamo
No.
517-T-006 suscrito
entre
el
Gobierno Daminicano
y
la
Agencia
para
el
Desarrollo Intarnacional,
-
ascendente
a
US$lO.
0
destinados
a
f
inanciar
un
programa en favor
de
pequeEos
agricultores asociados
a
agroempresas,
para
incrementar
la
producci6n
de
cultivos no
tradicionales.
EL
CQNGRESO
NACIONAL
En Nombre
de
la
RepGblica
Res
NO.
38-88
VSSTOS
10s
Incisos
14
y
19
del
Articulo
37
de
la
Constitucidn de
la
Repbblicat
VISTO
el Acuerdo
de
Prdstamo No. 517-Ti066, suscrito
entre
el Gobierno
de
la
RepSblica Dominicana
y
el
Gobierno
de
10s
Estados Unidos
de
Amdrica, por un
i
monto de
US$lO.
0
(DlEZ
MILLONES
DE
DOLARES')
.
WNI(?o:
APROBAR
el
Acuerdo Prgstamo No. 517-T-066, suscrito en fecha
15
de
septiembre
de
1987,
entre
el
Gobierno de la RepGblica Dominicana,
debidamente representado por
el
Ing. Guillermo
Caram,
Secretario T6cnico
de
la
Presidencia,
de
una partet
y
de la otra parte,
el
Gobierno
de
10s
Estados
Unidos de Amgrica, actuando
a
travds
de
la Agencia para
el
Desarrollo
Internacional
(AID),
representado por
el
sefior Thomas
W.
Stukel,
Direcixc,
Misidn
de
USAIP en
la
RepGblica Dominicana. Mediante este Acuerdo, la Agencia
para
el
Desarrollo Internacional, proporcionarh
a1
Estado Dominican0
un
prdstamo ascendente a la suma
US$lO.O
(DIEZ
MILLONES DE
DOLARES),
para
la
constitucidn
de
un Fondo
en
el
Banco
de
Reservas
de
la Repbblica Dominic;.ncr,
~
destinado
a
financiar un programa en favor
de
pequefios agricultores asociados
t
El
prdstamo tendr6 un plazo de amortizacidn de veinticinco
(25)
afios
y
i
devengarh interds a una
tasa
del
2%
anual durante
10s
primeros cinco (5)
afios
posteriores a1 primer desembolsot
del
3%
anual durante
10s
segundos cinco
(5)
1
afios
y
del
5%
-anual
de
ah2 en adelante, sobre
el
balance pendiente
de3
J
principal
y
de
cualquier inter& vencido
y
no pagado, que copiado dice
as::
1
a agroempresas, para incrementar
la
produccidn
de
cultivos no tradicionales,
$
,
I
16
I
SECCION
5.2
Notificaci6n. Cuando la
A.I.D.
determine
que
10s
requisitos
previos descritos en la Seccidn
5.1
han sido cumplidos, as: se
lo
notificarh
a1 Prestatario.
SECCION
5.3
Fechas Finales para Satisfacer
10s
Requisitos Previos.
Si
todos
10s
requisitos especificados en la Seccidn
5.1
no han sido cumplidos
jdentro de
10s
sesenta
(60)
dZas a partir de la fecha de este Acuerdo,
o
en una
,,Zecha posterior que la
A.I.D.
pueda acordar por escrito, la
A.I.D.’
a opcidn
uya, podria optar por dar tdrmino a este Acuerdo mediante aviso
por
escrito
1
Prestatario.
I
Articulo
VI
Convenios Especiales
Y
/
b) Una certificacidn del
nombre
de la persona que actGa
en
el
cargo de la oficina del Prestatario especificada
en
la Secci6n
9.2,
y
cualesquier representantes adicionales, yUnt0 con
10s
facshiles
de
las firmas
de cada persona especificada en dicha certificacidnt
c) Una descripcidn del mecanismo dentro de la oficina del
STP,
mediante el cual el
STP
ejecutard sus funciones
bajo
este
Acuerdo
y
bajo
su
contrato con el Banco Depositariot
a
d)
Eviaencia de
que
el Banco Depositario tiene la capacidad
administrativa
y
financiera requerida para cumplir satisfactoriamente con sus
responsibilidades bajo
el
contrato con el Secretariado Tdcnicot
l
e)
Copia
del
Contrato entre el Secretariado T6cnico de la
Presidencia
y
el Banco Depositario, que describe ampliamente las
responsabilidades del Banco Depositariot
10s
sistemas, criterios,
procedimientos e informes a ser empleadost
10s
arreglos de
10s
costos
I
administrativos
y
la estructura de tasas
de
interds
a usarse a todos
10s
niveles en el programat
I
fl
Una copia
del
modelo
del
contrato a utilizarse entre el
/
Banco Depositario
y
las Instituciones Financieras Participantes
(
IFPs
)
que
describe
10s
tdrminos, condiciones
y
procediemientos por
10s
cuales las
IFPs
tendrdn acceso a
10s
fondos del Proyecto para sus lheas de crdditot
y
que
describe
las
disposiciones estdndares que contendrdn
10s
acuerdos entre la
IFPs
y
sus
prestatarios agroindustrialest
g)
Un
plan
de
informe del proyecto que especifique el contenido
y
la frecuencia de
10s
informes a
ser
provistos por la
IFPs
a1 Banco
fkpositario, del Banco Depositario, a1 Secretariado Tdcnico
y
del Secretariado
Tgcnico a la
A.I.D.
f
17
SECCION
6.1
Evaluacign
del
Proyecto. Las Partes acu
programa de evaluacidn como parte
del
Proyecto. Excepto
convengan lo contrario por escrito, el programa incluirs dura
del Proyecto
y
a1 final del misnos (a) una evaluaci6n de
logro
de
10s
objetivos del Proyector (b) la identificaci6n
y
ev
dreas proble6tica.s
o
las limitaciones que puedan dificultar
(c) un estudio de como dicha informaci6n pueda utiliz
superar tales problemasr
y
(d)
una evaluaci6n hasta donde sea
impact0 global del desarrollo
de
Proyecto.
SECCION
6.2
Plan de Evaluaci6n. Excepto que la
A.I.D.
contrario por escrito, el Prestatario prepard
y
someter6 en
satisfactorio a la
A.I.D.
dentro de
10s
12
meses siguientes
Acuerdo,
un
plan cronol6gico para la evaluaci6n descrita en la
Los
Costos de las evaluaciones ser6n pagados por el Fondo, el
las contribuciones
de
las Partes
y
cualquier inter& gener
de la manera indicada en el Anexo
I.
SECCION
6.3
Apoyo
a
10s
Sistemas Agricolas Comerciales.
A.I.D.
acuerde lo contrario por escrito, el Prestatarior
a) Acuerda revisar con la
A.
I.D.
ajustar cuando
s
la estructura de las tasas de intereses de las lineas
de
cr
subprestamos bajo el Proyecto por
lo
menos una vez cada aso,
d
guias establecidas por la Junta Monetaria
y
reconociendo las
prevalecientes en el mercado financier0 dominicanor
b) Acuerda, durante el perlodo
de
amortizacidn
d
solicitar a1 Banco Depositario
o
a
su
sucesor que utilice las
de principal hechas por la
IFPs
para las llneas de crgdito, las c
acuerdo con
108
propdsitos originales
y
objetivos del Proyector
c) Acuerda que todos
10s
contratos
entre
el
Tecnico de la Presidencia
y
el Banco Depositario, entre el
las Instituciones Financieras Participantes,
y
(para pr6stamos
qu
equivalente de
US$5,000)
entre las
IFPs
y
sus prestatario
deberdn proporcionar que
(1)
10s
fondos del Prgstamo
no
se
proyectos relacionados con la producci6n
o
procesamiento para la
de azGcar, c4tricos
y
aceite de palma africanar para tra
soluciones quhicas tales como
10s
usados en teneriast para la
extensiva de terrenos y/o construcci6n de caminos en zonas
producci6n de arrozp
o
para la adquisici6n
de
otros "productos
incluyendo pesticidas, de
10s
cuales la
A.
I.
D.
habrd
notificaci6n por escritor
y
(2)
la fuente, origen
y
nacionalidad del Art4culo
VII,
a continuaci6n, deberhn ser c
Partes.

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