Resolución Nº 42-2013 del Ministerio de Administración Pública, 2013

Número de resolución42-2013
Fecha de publicación13 Diciembre 2018
Tipo de documentoResolución
República
Dominicana
Presidencia
de
la
República
Ministerio
de
Administración
Pública
Resolución
Núm.
42-2013,
que
aprueba
una nueva
Estructura
Organizativa
del
Ministerio
de
Administración
Pública
(MAP).
EL
MINISTRO
DE
ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que
Mediante
la
Ley
Núm.
41-08
de
Función
Pública,
del
16
de
enero
de
2008,
se
crea
el
Ministerio
de
Administración
Pública.
CONSIDERANDO:
Que
el
Ministerio
de
Administración
Pública
(MAP),
consciente
del
nuevo
rol
que
debe
asumir
frente
a
la
sociedad
y
en
especial
a
la
Administración
Pública,
teniendo
como
norte
el
mejoramiento
de
la
calidad
de
los
servicios públicos,
ha
definido
su
misión
y
funciones
principales.
CONSIDERANDO:
Que
el
Ministerio
de
Administración
Pública
(MAP),
está
llevando
a
cabo
un
proceso
de
reforma
y
modernización
institucional
encaminado
a
fortalecer
su
capacidad
rectora
en
materia
de
organización
administrativa
y
gestión
de
recursos
humanos
en
el
Sector
Público,
así
como
lo
concerniente
a
asumir
las
atribuciones
de
garantizar
el
cumplimiento
de
los
principios,
bases
y
normas
de
organización
y
funcionamiento
de
la
Administración
Pública,
evaluación
del
desempeño
institucional
y
promoción
de
la
gestión
de
la
calidad
en
los
entes
del
Sector
Público,
establecido
por
la
Ley
Núm.
J
41-08
de
Función
Pública,
la
Ley
Núm.
247-12,
Orgánica
de
la
Administración
Pública
y
sus
y
Reglamentos
de
aplicación.
'
CONSIDERANDO:
Que
el
Ministerio
de
Administración
Pública
(MAP), deberá
contar
con
una
estructura
organizativa
que
le
permita
ejecutar
sus
actividades
de
manera
óptima
y,
en
consonancia,
con
las
exigencias
de
los
nuevos
tiempos,
a
los
fines
de
lograr
sus
objetivos
planteados.
CONSIDERANDO:
Que
en
materia
de
análisis
y
rediseño
de
estructuras
organizativas,
la
Estructura
Organizativa
del
Ministerio
debe
adecuarse
a
los
cambios
internos
que
promuevan
el
mejoramiento de
los
servicios
y
orientarse
a
facilitar
la
satisfacción
de
las
necesidades
de
los
usuarios,
a
través
de
una
prestación
ágil
y
eficiente.
CONSIDERANDO:
Que
el
Reglamento
Núm.
528-09,
Orgánico
y
Funcional
del
Ministerio
de
Administración
Pública,
en
su
artículo
27,
faculta
al
Ministro
de
Administración
Pública
a
realizar
cambios
en
los
niveles
superiores
de
la
Estructura
Organizativa
de
la
institución,
sometidos
conforme
al
procedimiento
establecido
para
la
aprobación
de
estructuras
organizativas
para
todas
las
instituciones
del
Estado.

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