Resolución Nº 422. Aprobacion de Nombramiento Diplomatico Expedido a Favor del Generalisimo Dr. Rafael L. Trujillo Molina, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario At -LARGE, Representate Especial del Presidente de la Republica por Antes de los Gobiernos de los Paises que Visite.

Número de registro3274410
Fecha de disposición11 Marzo 1941
Número de resolución422
Fecha de publicación01 Enero 1941
Número de Gaceta5568
-61-
I
GADA
en la
Sala
de Sesiones
de
la Gwra de Diputados, en
Santo Dmingo, Capital
de
la RepGblica Dominicans,
a
10s
seis
dias del mas
de
abril del aiio mil novecientos treintitres, aiios
900.
de la Independencia
y
700.
de la Restauracibn.
El
Presidente,
Miguel Angel
Koa.
Los
Secretarios
:
Miguel
A.
Wih.
L.
E.
Henriquez Chtillo.
Ejechtese, comuniquese y publiquese en todo el territorio
cic
la
Reghblica, para su conocimiento
y
cumplimiento.
IIADA
en el Palacio del Ejmutivo, en la ciudad de Santo
Do-
miugo, Capital
de
la Repliblica
Dominicans,
a
10s
oaho
(8)
dias
del mes de Abril del aiio mil novedientos treinta
y
tres.
RAFAEL
L.
TRUJILLO,
Presiidente de !a Rephblica.
Refrenddo
:
Jacinto
B.
Peynado,
Secretario
de
Estado
de
la
Presidencia.
4
Fondo
de faelidad.-
G.
0.
No.
4564,
de1
12
de
Abril
de
1933.
EL
CONGRESO
NACIONAL,
En
Nombre
de
la
Repebliea
NUMEEtO
489.
CONSID~VDO
:
que
es
indispensable
el
sostmimiento
riel
Fomlo
de Fidelidad para reponer faltas, fraudes, desfalcos
y
p5rdidas en que pudieren incurrir
o
cocmeter 10s funcionarios
o
empleados piblicos
;
WSFDHRIANDO:
que
el
Tesoro plilblico no
esth
en codi-
ciones
de
hrrcer la eragaci6n necesaria
paza
sastener
el
Fondo
de
Fidelidad,
con
el fin edusivo
de
que
el
Mado
se
constituyera
en
d
propio
asegurador
de
10s
funcionarios pWicos
o
empleados,
median@ la
retribucihn
de
UM
prima
pagadera
por
btos
;
COWLDAANDO:
que
es
imperativa la necesidad de
sos-
tener el
Fond0
de
Fkklidad, para
saivagua.rdar
los
fondos
fisca-
les
manejados
por
funcionarios
o
enpleados p1ib1iCO.S
;
€%A
DA!DO
LA
SIGJUIENTE
LEY:
Art.
1
.- Se
establece
una contribucidn
de
1h
?L
(medio
por
ciento) sobre
sueldus
netos rnensudes de todos
Ius
funcionarios
o
empleados ptiblkos,
con
el
fin
de
sostener
y
awnentar el
Fond0
dc
Fidelidad de la Repliblica
Dominicam.
,
Pkafo
1.
-
Se
excepttian
de
esta
aBligaci6n
:
(a)-El
Presidente
de
la
Repiblica,

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