Resolución Nº 44-22. Que aprueba el contrato entre el ingenio porvenir y la señora katherine espinosa figaris, por medio del cual el primero traspasa a la segunda, una porción de terreno de 540.00mts², dentro de la parcela no. 7 (parte), del d.c. no. 1, manzana no. 4, solar no. 18, lugar cumayasa, proyecto la sardina 2.

Fecha de disposición11 Julio 2022
Número de resolución44-22
Fecha de publicación12 Julio 2022
Número de Gaceta11072
- 136 -
Res. No. 44-22 del 11 de julio de 2022, que aprueba el contrato entre el Ingenio Porvenir
y la señora Katherine Espinosa Figaris, por medio del cual el primero traspasa a la
segunda, una porción de terreno de 540.00Mts², dentro de la parcela No. 7 (parte), del
D.C. No. 1, manzana No. 4, Solar No. 18, lugar Cumayasa, Proyecto La Sardina 2. G.
O. No. 11072 del 12 de julio de 2022.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 44-22
VISTO: El inciso 19 del art.37 de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de compra venta suscrito entre el Estado dominicano y la señora
KATHERINE ESPINOSA FIGARIS.
VISTA: La Resolución del Senado de fecha 27 de marzo del año 2007, mediante la cual se
extiende el rango del metraje cuadrado para el conocimiento y sanción de los contratos de
terrenos comprendidos entre quinientos uno (501), hasta mil (1000) metros cuadrados.
R E S U E L V E:
UNICO: APROBAR el contrato de venta entre el ESTADO DOMINICANO y
KATHERINE ESPINOSA FIGARIS, 540.00 Mts2, ubicados dentro del ámbito de la parcela
No.7 (parte), D.C. No.1, del D.N, lugar Cumayasa, Proyecto La Sardina (2), manzana No.4,
solar No.18, valorados en la suma de RD$145,800.00, suscrito en fecha 6 de agosto del año
2004, que copiado a la letra dice así:
CONSEJO ESTATAL DEL AZUCAR (CEA)
LUGAR: LA SARDINA (2)
CF-20040416B
CONTRATO DE COMPRA VENTA DE TERRENOS
ENTRE: De una parte, el INGENIO PORVENIR, institución autónoma del Estado
dominicano, organizada y existente de conformidad con la Ley No.7, de fecha 19 del mes de
agosto del año 1966, válidamente representado por el Director Ejecutivo, ING. VÍCTOR
MANUEL BÁEZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad
y Electoral No.001-0166750-9, domiciliado y residente en esta ciudad de Santo Domingo,
quien actúa en virtud del Poder No.306-03, que le fuere otorgado por el Presidente de la
República, en fecha 16 de junio del 2003, que en lo que sigue del presente contrato se
denominará EL INGENIO, y de la otra parte, la señora KATHERINE ESPINOSA
FIGARIS, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.001-1574577-0, domiciliada y residente en la C/ La Mina #2, Urb. Velaz, casa

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