Resolución Nº 445-07. Resolución que Aprueba el Acuerdo sobre Trabajo Remunerado para Familiares Dependientes del Personal Diplomatico, Consular, Administrativo, y Tecnico, Suscrito en Lima, Peru, el 13 de Julio de 2006, Entre los Gobiernos de la Republica Dominicana y la Republica de Peru.

Número de resolución445-07
Fecha de publicación27 Diciembre 2007
Fecha de disposición26 Diciembre 2007
Número de registro3347436
Número de Gaceta10453
-97-
Res. No.
445-07
que aprueba el Acuerdo sobre Trabajo Remunerado para Familiares
Dependientes del Personal Diplomatico, Consular, Administrativo
y
Tkcnico, suscrito
en Lima, Peni, el
13
de julio de
2006,
entre 10s gobiernos de la Republica Dominicana
y
la Republica del Peni.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Res. No.
445-07
VISTO:
El Inciso 14 del Articulo 37 de la Constitucion de la Republica
VISTO:
El Acuerdo sobre Trabajo Remunerado para Familiares Dependientes del Personal
Diplomatico, Consular, Administrativo
y
Tecnico, suscrito en Lima, Peni, el 13 de julio del
2006,
entre 10s gobiernos de la Republica Dominicana
y
de la Republica del Peru.
RE SUELVE:
UNICO: APROBAR
el Acuerdo sobre Trabajo Remunerado para Familiares Dependientes
del Personal Diplomatico, Consular, Administrativo
y
Tecnico, suscrito en Lima, Peni, el
13 de julio del
2006,
entre 10s gobiernos de la Republica Dominicana, representado por el
seiior
Carlos Morales Troncoso,
Secretario de Estado de Relaciones Exteriores;
y
de la
Republica del Peni, representado por el seiior
Oscar Maurtua de Romana,
Ministro de
Relaciones Exteriores. Mediante dicho Acuerdo 10s familiares dependientes del personal
diplomatico, consular, administrativo
y
tecnico de las Misiones Diplomaticas
y
Consulares
de Republica Dominicana en el Peru
y
del Peru en Republica Dorninicana, estaran
autorizados para realizar actividades remuneradas en el Estado receptor en las mismas
condiciones que 10s nacionales de dicho Estado, previa autorizacion correspondiente,
conforme a las disposiciones de este Acuerdo. Este beneficio se extendera, igualmente, a
10s familiares dependientes de nacionales peruanos
y
dominicanos acreditados ante
organizaciones internacionales con sede en cualquiera de 10s dos paises, que copiado a la
letra dice asi:

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