Resolución Nº 46. Resolución que Autoriza la Venta del Solar B, en la Ciudad de Santo Domingo.

Fecha de disposición04 Abril 1917
Número de resolución46
Fecha de publicación01 Enero 1917
Número de registro3346767
Número de Gaceta2792
CoLEccr0ra
YES,.
PECRETOS
Q.-1891.
-
.
61
ti-
Num. 2990.-DECRETO del
P.
de
l&
R.
autorizundo
a1
Abogado
Emilio Morel para que puda llevar
6
cabo
lo
dispuesto en
la cliiusula
98
del Testamento publico otorgado por la fina-
da Maria Candelaria Ramirez.
Dios,
Patri’a
y
Libertad.-Repliblica
Dominicans.-Ulises
Heureaux .-General de Divisi6n en Jefe del Ejhcito NacionaI.
Pacificador de la Patria
y
President; Constitucioiial de la Re-
p6blica.
Vista
la instancia que por 6rgano del Miniskrio de Justicia
ha
elevado a1 Poder Ejecutivo el ciudadano Emilio Morel, Abo-
gad0
de
10s
Tribunales de
la
Republica, residente
en
San Pedro
de Macoris, donde tiene abierto
su
estudio,
en
nombre y repre-
sentaci6n de
10s
seiiores Pedrr, Mazara
y
Xacarius
Ramirez, eje-
cutores
testamentarios de la seiiora
Maria
Candelaria Rarnirez,
del domicilio de
la
Comun del Seybo,
con
su residcncia en la
see-
ci6n “Mata
de
Palma”, en
l’a
cual instancia exponc
dicho
aboga-
do que, debiendo llevar
ii
cab0 la ejecuci6n del Testamento
pii-
blico otorgado por la finada Maria Candelaria Kamirez, en Fe-
brero de
1886,
en cuya cl8usula novena aparecen como legata-
rios la Fabrica de la Igiesia y
10s
pobres de
la
ComLin del Seybo,
representados por
sus
respedivos administradores, requiere del
Poder
E
jecutivo la autorizacih correspondimtcb Dara dar
cum-
plido efecto
a
las disposiciones de la testadom
;
Vista la clausula novena del testamento
a
que se ha hecho
referencia
y
10s
articulos
916, 910
y
937
del
Cbdigc
Civil, relati-
170s:
el primero,
a
las donaciones por contratcs entravivos
6
por
testamento;
y
10s
dos filtimos,
6
la autorizacih qut. debe dar el
Gobierno
para
que esas donaciones produzcan efectos legales
;
En
us0
de las facultades de que me hallo investido
y
oido
el
parecer del Consejo de Secretarios de Estsdo,
.
DECRETA
:
Art.
19
Queda autorizado el ciudadano Emilio Morel, Abo-
gad0 de 10s Tribunales de la Repiiblica, para lievar
a
cabo lo
dispuesto en
!a
clausula novena del Testamento publico otorga-
do por
la
finada Maria Candelaria Ramirez, en E’ebrefo de
mil
ochocientos ochenta y seis, de conformidad
con
el
&icy10
916
del C6digo Civil.
Art. 2” Quedan asidsmo autorizados
10s
r#pedivos pdmi-’
nietmdores de
la
FZibrica de
la
Pglesia
y
Sociedad.de Beneficen-

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