Resolución Nº 4669. Mediante la Cual Dispone la Publicacion en Un Folleto, del Informe Presentado Al Congreso por la Comision Mixta, sobre el Laudo Arbitral

Fecha de disposición11 Mayo 1906
Número de resolución4669
Fecha de publicación01 Enero 1906
Número de registro3275544
Número de Gaceta1687
COLECCPQN
DE
LEYES,
DECRETOS
&.-1855.
239
en las estafetas; y
10s
administradores de correos, pr4vias
las
formalidades de la ley, remitirhn
8
la Comandancia de armas,
dos horas antes de la indicada para ia salida ordinaria de
10s
postas,
10s
paquetes,
B
€in de que Sean colocados en las balijas
respectivas, percibiendo
e9
correspondiente recibo, bisn
sea
del Comandante de armas,
6
bien del secretario de la Gornan-
dancia.
Art.
F.
Dichos
postas
tendran dereeho
a
la cuota que por
via de gratificacion sefiala la ley
6
10s
del correo n@ oficial, la
que pagaran lw administradores de correos, mediante recibo
con
el
V9.
Bo.
de
la
Cornandancia.
Los administradores continua$n cobnando
id1
porte de cartas conforme
a1
arancel de'
la
materia;
y
en las
CO-
mandancias de armas
no
se admitirh
cartas
particulares,
B
mhos que hayan sido franqueadas pr6viCmente en
la
respec-
tiva administracion de correols.
A la llegada de
10s
postas
6
la Comandancia,
se
darii aviso a1 administrador de
correos
para que mandce
re&
bir
10;s
paquetes
y
cartas
de la correspondencia particular, de
que dara recibo para la regularidad del servicio.
Art.
59.
Queidan provisionalmente suprimidas aquellas
administraciones intermedias entre una y otra comun, estable-
cidas para el servicio de este ramo,
y
que"se juzguen innecesa-
rias para el de
10s
correos oficia'1es.-El administrador general
de correos y
10s
administradores particulares darh las
6rde-
nes ccrrrespondientes
a1
efecto.
Art.
69.
La ejecucion del presente decreko queda
B
cargo
del Ministro de Hacienda
y
Comercio.
Dado en
el
Palacio Nacional de Santo Doming0 el dia diez
y
nueve
ddl
mes de Setiembre de
1855,
y
12~.
de la Patria.-
Manuel de Regla Mota.-Refrendado
:
El Ministro de Hacien-
da
y
Comerdo,-M.
J.
Delmonte.
Art.
3~.
Art.
49.
W6m.
413.-DECRETO del
P.
E.
Ilamando
6
tomar las armas
B
tdos
10s
dominicanos
desde
16
hasta
60
aih.
Diw, Patria
y
Libertad.-Repriblica Dominicana.-Ma-
nuel
de
Regla Mota, Vice-Presidente de
da
RepGblica, Encarga-
do
del Poder Ejecutivo.
Considerand'o
:
que segun todas
las
apariencias, la Rep&

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