Resolución Nº 595-16. Resolución que Aprueba en Contrato Entre el Estado Dominicano y el Señor Pablo Olivero Féliz, por Medio del Cual el Primero Traspasa Al Segundo, el Apartamento No. 1-D, Edificio No. 41-A, Tipo Mmr, Proyecto Habitacional Ave. Quinto Centenario, Sectores Villa JUANA-VILLA Consuelo, D.N.
Fecha de disposición | 18 Julio 2016 |
Número de resolución | 595-16 |
Fecha de publicación | 26 Julio 2016 |
Número de registro | 3379463 |
Número de Gaceta | 10851 |
Emisor | CONGRESO NACIONAL (CN). |
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Res. No. 595-16 que aprueba en contrato entre el Estado dominicano y el señor Pablo
Olivero Féliz, por medio del cual el primero traspasa al segundo, el apartamento No.
1-D, edificio No. 41-A, Tipo MMR, Proyecto Habitacional Ave. Quinto Centenario,
sectores Villa Juana-Villa Consuelo, D.N. G. O. No. 10851 del 26 de julio de 2016.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 595-16
VISTO: El Inciso 19 del Art. 37 de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de venta suscrito entre el Estado dominicano y el señor PABLO
OLIVERO FELIZ.
RESUELVE:
UNICO: APROBAR el contrato de venta entre el Estado dominicano y el señor PABLO
OLIVERO FELIZ, el apartamento No. 1-D, edificio No.41-A, Tipo MMR, del Proyecto
Habitacional Ave. Quinto Centenario, de los sectores Villa Juana –Villa Consuelo, de esta
ciudad, ubicado dentro del ámbito de la parcela No.2-B, del Distrito Catastral No.5, del
Distrito Nacional, valorado en la suma de RD$135,141.67, suscrito en fecha 10 de abril del
año 2007, que copiado a la letra dice así.
CONTRATO DE VENTA 003551
ENTRE: De una parte EL ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este
acto por el titular de la Administración General de Bienes Nacionales, institución de Estado
dominicano, organizada y existente de conformidad con la Ley No. 1832, de fecha 3 de
noviembre del año 1948, DR. JOSE FRANCISCO ZAPATA PICHARDO, dominicano,
mayor de edad, funcionario público, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.001-0009433-3, domiciliado en la calle Pedro Henríquez Ureña esquina Pedro A.
Lluberes, de esta ciudad, quien actúa en virtud del Poder No.196-2000, conferido por el
Señor Presidente Constitucional de la República, en fecha 29 de mayo del año 2000, quien
en lo adelante y para los fines y consecuencias legales del presente contrato se denominará
EL VENDEDOR o por su propio nombre, y de la otra parte, el señor PABLO OLIVERO
FELIZ, dominicano, mayor de edad, soltero, empleado público, portador de la Cédula de
Identidad y Electoral No. 001-0283101-3, domiciliado y residente en el apartamento No.1-
D, edificio No. 41-A, del Proyecto Habitacional V Centenario, de los sectores Villa Juana-
Villa Consuelo, de esta ciudad, quien en lo adelante del siguiente acto se designará como
EL COMPRADOR o por su propio nombre.
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