Resolución Nº 897. Resolución que Apruba Un Contrato de Venta Suscrito Entre el Estado y el Señor Gliserio Mauriz.

Fecha de disposición14 Mayo 1945
Número de resolución897
Fecha de publicación23 Mayo 1945
Número de registro3277361
Número de Gaceta6259
by
No
1688,
sobre
Conservacih
Fomstd
y
Arboles
F'~u~--
Q.0.
No
6785,
del
28
de
Abril
de
1948.
EL
CONGBESO
NACIONAL-
&J
Nombre
de
h
Beptiblica
HA
DADO
LA
SIfXJXEm
LEY
SOBRE
CUNSEBlvlAGION
KWEWAL
Y
AItBoLEs
FRUTALES
cAPI!cuLo
I
Resenas
Forestah
NUMERO
1688.
Art.
1.-
Se
consagran
como
Reservas Forestales de
la
Repfiblica;
a)
Tdus
10s terrenos del
Estado
donde
existen
bosqus,
o
que puedan ser dedicados
a
la
repoblaeih
forestal,
sobre
las
cuales
no
existen impdimentos por concesiones
legales
otor-
gadas,
o
derechos
originales
en
b)
Todos
10s
terrenos
que
pasen
a
ser
en
lo
adelante
pro-
piedad del
Estado,
dd0
existan
mues,
e
que
puedan
aer
de-
dicadas
a
la
repoblacitjn
forestal,
no
siendo
adquirklos
para
fi-
nes
de
cultivo.
PArraf0.-
Las
Reservas Forestales
son
inalienabks
e
im-
prescriptibk, quedando
a
cargo
del
Poder
EjecUtivo
mar
sa
extensibn.
Art.
2.-
Quedan sometidas
a
las
prescripciones
de
la
sente
ley,
y,
por tanto,
EX
pmhiben
en
enos
10s
desmmtes,
la-
ias,
quemaciones
y
cultivos,
las
sisnientes
m~:
a)
Todas
las
cumbres de
las
montaiias
que
constitmyen
el
sistefma orogrzifico de
la
Rep6blich;
b)
Las
riberas de todos
10s
rios,
en
una
faja
de
vpeinte
me-
tros
de
ancho
de cada
lado;
p
las
riberas
de 10s
arroyos,
en
una
faja de diez metros de
mcho
lado;
!os
manantides
que
SiFVan
a
alguna
comunidad
o
edario,
en
un
radio
de
aimto
cineuenta
metros,
ciales,
en
eada
caw;
ley;
c)
Los
nacimientos
0
fuentes
de
todos
10s
rios
y
armyof4
y

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR