Resolución Nº 97. Resolución que Apropia Fondos para la Continuacion de la Carretera Duarte.

Número de resolución97
Fecha de disposición23 Noviembre 1917
Número de registro3346481
Fecha de publicación01 Enero 1917
Número de Gaceta2859
--
CQLECCION
DE LEYES, DECRETOS
&.-
1860
107
-
~
se embarque
y
desembarque, empleando 10s medios posibles pa-
ra evitar el contrabando.
Art. 92.
El
servicio del resguardo estara bajo la iyspw
cion de 10s Interventores de aduana; per0 todas las autoridades
debergn prestarle el auxilio necesario para
la
persecucion del
contrabando.
Art. 93.
LOS
registros necesarios para el servicio del
TL?S-
guardo seran foliados
y
rubricados por el administrador particu-
Art.
94.
Mientras se organice un resguardo maritimo, ha-
ran este servicio los buques de guerra conforme
a
las instruc-
ciones que recibiran del Ministro de Hacienda por 6rgano del Mi-
iiistro de Guerra
y
Marina.
Los buques de guerra que hagan el servicio del resguardo
rnaritimo, estaran bajo las 6rdenes del oficial de la aduana
6
del
resguardo que se ponga
5
bordo.
Art. 95.
Los
oficiales del resguardo estan obligados
A
des-
pachar 10s buques sin dilacion alguna, conciliando 'cuanto sea po-
sible el cumplimiento de sus deberes con la proteccion debida a1
comercio
.
Art. 96. La presente ley deroga toda otra disposicion que
le sea contraria,
y
sera enviada
a1
Poder Ejecutivo para
10s
fines
Constitucionales
.
Dada en el Palacio del Senado Consultor, en la ciudad de
Santo Domingo, Capital de la Reptiblica,
a
10s 26 dias del mes de
Junio de mil ochocientos sesenta,
y
17"
de la Patria.-El Presi-
dente del Senado,
h!I.
J.
De1monte.-El Secretario,
P.
P.
de
aonilla
.
Ejectitese, publiquese
y
circule en todo el territorio de la
Republica para
su
puntual observancia.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo
a
10s 28 dias
del mes de Junio de 1860,
y
17"
de la Patria.-El Vice-Presiden-
te de la Republica, Encargado del Poder Ejecutivo, A. Alfau
.-
Refrendado: el Ministro de Hacienda
y
Comercio, Pedro Ricart
y
Torres.
4
:r
lar de hacienda.
a
Num. 659.-LEY imponiendo penas
10s
falsificadores de pa-
*
pel-moneda
.
Dios, Patria
y
Libertad
.
-Reptiblica Dominicana
.-El
Sena-
c
n.
c

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