Resolución Nº DDG- AR1-2021-00010 de Dirección General de Impuestos Internos, 2021
Año | 2021 |
Fecha de publicación | 20 Octubre 2021 |
Número de resolución | DDG- AR1-2021-00010 |
Fecha | 20 Octubre 2021 |
REPÚBLICA DOMINICANA
MINISTERIO DE HACIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS
RNC: 401-50625-4
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Resolución Núm. DDG- AR1-2021-00010
LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS en el ejercicio de las atribuciones
que le confiere la ley, dicta la siguiente:
RESOLUCIÓN INFORMATIVA DE MULTIPLICADORES, AJUSTES Y
REGULACIONES VARIAS PARA EL CIERRE FISCAL SEPTIEMBRE 2021
PRIMERO: Multiplicador para el ajuste por inflación. En cumplimiento con lo establecido en el
Artículo 327 del Código Tributario de la República Dominicana y el Artículo 105 del Reglamento
No. 139-98 del Impuesto Sobre la Renta, esta Dirección General avisa que, según información
suministrada por el Banco Central de la República Dominicana, el Multiplicador del Ajuste por
Inflación para el ejercicio fiscal cerrado al 30 de septiembre del 2021 será de 1.0774.
SEGUNDO: Tasas de cambio para el tratamiento de las diferencias cambiarias. En
cumplimiento con las disposiciones establecidas en el Artículo 293 del Código Tributario de la
República Dominicana, y los Artículos 108 y 109 del Reglamento No. 139-98 del Impuesto Sobre
la Renta, se informa que, para realizar las diferencias cambiarias del ejercicio fiscal cerrado al 30 de
septiembre del 2021, las tasas de cambio que deberán utilizarse según información suministrada por
el Banco Central de la República Dominicana serán las siguientes:
RD$ /US$: 56.2755
RD$ /EUR$: 65.1614
TERCERO: Tabla de multiplicadores para el ajuste por inflación de los activos de capital. En
cumplimiento con disposiciones del Artículo 289 del Código Tributario de la República
Dominicana, a continuación, se transcribe la Tabla de los Multiplicadores para los años 1980-2021,
que servirán de base para la determinación del valor ajustado de los activos de capital para el
ejercicio fiscal cerrado al 30 de septiembre del 2021.
Año Multiplicador
1980 y años anteriores
107.6662
1981
100.8857
1982
88.5496
1983
84.1785
1984
67.4180
1985
46.9600
1986
44.8144
1987
38.6674
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