Resolución Nº R-CNMV-2021-13-MV de Superintendencia del Mercado de Valores , 2021
| Año | 2021 |
| Fecha de publicación | 19 Mayo 2021 |
| Número de resolución | R-CNMV-2021-13-MV |
| Tipo de documento | Resoluciones |
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Supenn endencia de Mercado de alores
dc aRepubhca Dom n caria
CERT FCAC ON
Losnfrascn os Sr Ervin NovasBe o, gerente del BancoCentral dc la Repiiblica
Dom n canaeno ade an eBanco Cen alen representacion del gobernador dc Banco
Cen ra ,membro exoc o ypres'dente de Consejo Nacional del Mercado dc Va ores en
oade ante "Cons€o ySra. Fabel Maria Sandoval Ventura secre ar adc Conse o
CERTIFICAN que el texto acontinuaciOn constituyecopia iel, transcr ade manera integra
con ormeal originalde la Tercera ResoluciOn, R-CNMV 202113 MV, adoptada por el
Consejo en la reuniOncelebradaen echa cuatro (4) de mayo del aiio dos mil veintiuno
(2021),la cualreposaen 10s archivos dc esta Secretaria, asaber:
"TERCERA RESOLUCHJN DEL CONSEJO NACIONAL DEL MERCADODE
VALORES DE FECHA CUATRO (4) DE MAYODE DOS MIL VEINTIUNO(2021).
R-CNMV-2021-13-MV
Referenciic AutorizaciOn para someter aconsulta piiblica abreviada el proyecto del
Reglamentode SupervisiOn,Cambio dc Control,FusiOn, IntervenciOnAdministrativ%
SuspensiOn yExclusiOn dc 10s Emisores y10s Valoresde OfertaPiiblica.
Resultn
Que el seiior superintendente delMercadodc Valores (en lo adelante"superintendente") elevO
al conocimiento yponderaciOn del ConsejoNacionaldel Mercadode Valores(en lo adelante
"Consejo"), una solicitud dc autorizaciOnpara someter aconsultapUblica abreviadadc 10s
participantesdel mercadoydc 10s sectores interesados,el proyecto del Reglamentodc
SupervisiOn, Cambio dc Control,FusiOn, IntervenciOnAdministrativa,SuspensiOn yExclusiOn
dc 10s Emisores y10s Valoresdc OfertaPUblica(en lo adelante"proyecto de reglamento").
Que conforme alas facultades que le confierenla Ley niirn.249-17, del Mercado de Valoresde
la RepUblicaDominicana,,promulgadael diecinueve(19)dc diciembredel ano dos mil
diecisiete(2017)(en lo adelante "Ley niirn. 249-17"), yel ReglamentoIntemodel Consejo,
adoptado por este organismo colegiado mediantela Primera ResoluciOn,R-CNMV-2018-06-
MV, dictadael veintinueve(29)de noviembredel aiio dos mil dieciocho(2018)(en lo adelante
"ReglamentoIntemo del Consejo"); Consejo, sesionando vdlidamenteprevia convocatoria,j
tiene abien exponer lo siguiente: jd
Pdgina 1dc 32
Av. CCsar Nicolds Penson No. 66, Gascue, Santo Domingo, Repiiblica Dominicana
TelCfono: 809.221.4433 ·http://www.simvgob.do Iinfo@simv.gob.do IRNC: 4-01- )l)72- )
SKtrv
Superintendencia del Mercado de Valores
de la Repiiblica Dominicana
Considerando:
1. Que, en atenciOn alo dispuestopor el articulo10 dc la Ley niirn.249-17,la
Superintendencia del Mercadodc Valores(en lo adelante"Superintendencia")estd
integrada por un Organo colegiado,el Consejo,y unfuncionarioejecutivo, el
superintendente.
2. Que la referidaley,en la parte capital dc su articulo 13, establece que el Consejoes el
Organo superiorde la Superintendencia,con funcionesesencialmentedc naturaleza
normativa, fiscalizadoraydc control.
3.Que, aunado alo anterior, el numeral5confiere al Consejola atribuciOnde "[d]ictar, a
propuesta del Superintendente,10s reglamentosde aplicaciOndc esta ley".
4.Que,dc igual manera, el articulo25 dcla Ley niirn. 249-17reitera que "[e]1 Consejo es el
Organo competente para establecer 10s reglamentosrelativos alas actividadesdel mercado
dc valoresseiialadas en esta ley."
5. Queel pdrrafoIdc dichoarticuloanadeque "[e]n el ejerciciodela potestad reglamentaria,
el Consejoyla Superintendenciaobservardn10s principiosde legalidadylas reglasdc
consulta pUblica, participaciOnytransparenciacontenidos en la ConstituciOndc la
RepUblica ylas leyesvigentes".
6.Que, sobre este particular,el articulo37 delReglamento Intemo del Consejoestableceque
"[l]a preparaciOndc 10s borradores yla colocaciOnen consultapUbica previa,es
responsabilidaddel SuperintendentedelMercadode Valores".
7.Que es de resaltarse que el articulo2 de la mencionada Ley niirn.249-17revela que las
disposiciones contenidas en dicho estatuto sc aplican atodaslas personas fisicas yjuridicas
que realicen actividades, operaciones ytransacciones en el mercadodc valoresde la
Repiiblica Dominicana, con valoresde oferta pUblica quese oferten onegocien en el
territorio nacional.
8.Que, paralelamente, en el pdrrafodel articuloprecitado sc establece que "[1]as personas
fisicas yjuridicas que realicen cualesquierade las actividadesoservicios previstos en esta
ley, estardn sujetas ala regulaciOn, supervisiOn yfisc 'zaf 0dc la Superintendencia del
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Av. CCsar Nicolds Penson No. 66, Gascue, Santo Domingo, Repiiblica Dominicana
TelCfono: 809.22 1.4433 ·http://www.simvgob.do IinfO@simv.gob.do IRNC: 44)1- )])72- )
S6Av
Superintendencia del Mercado dc Valores
dc la RepiiblicaDominicana
Mercadode Valores,en lo relativoal ejerciciode esas actividades oservicios
mencionados." [subrayados nuestros]
9.Que, porsu parte, el articulo36 dc la Ley ntim. 249-17 expresa que "[l]a Superintendencia
tendrd un Registro adisposiciOn del pUblico,que podrd ser electrOnico, y en Cl se inscribirdn
las personas fisicas yjuridicas que participen en el mercadode valores,asi como la
informaciOn piiblica respecto de 10s valores inscritosen el Registroydc 10s participantes
delmercadode valoresregulados por esta ley."
10. Que,de acuerdo alo que manifiesta el articulo3, numeral 33, de la seiialada Ley niim.249-
17, son participantesdel mercadodcvaloreslas personas fisicas ojuridicasinscritas en el
Registrodel Mercadodc Valoresyreguladas por la Superintendencia.
11. Que,de igualmanera, la Ley niirn.249-17define en su articulo 3, numeral9,al emisorcomo
la persona juridica quesc inscribe en el RegistrodelMercadodc Valorespara realizar una
oferta piiblica de valores,previaautorizaciOndcla Superintendencia.
12. Que,en cuanto a10s emisores diferenciados,el articulo3, numeral10, de la Ley niim.249-
17, seiialasc trata del GobiemoCentralde la RepiiblicaDominicana,el Banco Centralde
la RepiiblicaDominicana, 10s organismosmultilateralesde 10s cualesla Repiiblica
Dominicana sea miembro, 10s gobiemoscentrales ybancos centralesextranjeros,cuyos
valores sc negocien en la RepUblicaDominicanabajocondicionesde reciprocidad.
13. Queelarticulo17, numeral 8, dcla Ley nihn. 249-17 dispone comouna atribuciOn del
'superintendentela supervisiOn,inspecciOn yfiscalizaciOn de las actividadesyoperaciones
de 10s participantesdel mercadode valores.
14. Que el aludidoarticulo17 facultaal superintendente,en la formadispuestapor la Ley niim.
!249-17, para, entre otras cosas: (i) intervenir ysuspenderde manera provisional a10s
participantesdel mercadodc valores;(ii) suspenderde manera provisionalla cotizaciOno
negociaciOndc valoresobjetodc ofertapUblica; (iii)excluir del Registrodel Mercadode
Valores 10s valores dc ofertapiiblica ysus emisores; (iv) supervisar, inspeccionary
fiscalizarlas actividades yoperacionesdc 10s participantesdel mercadode valoms;y, (v)
conocer yaprobarla fusiOnybiode controlde 10s participantesdel mercado-devalores
sujetos a su aprobaciOn. d
Pdgina 3dc 32
Av. CCsar Nicolds Penson No. 66, Gascue, Santo Domingo, Repiiblica Dominicana
TelCfono: 809.221.4433 ·http://www.simv.gob.do IinfO@simv.gob.do IRNC: 4-O1-5 1.572-5
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