Resolución Nº SIE-001-2008-REG de Superintendencia de Electricidad, 2008

Fecha de publicación22 Marzo 2021
Número de resolución SIE-001-2008-REG
Año2008
MateriaReglamento
CONSTITUCION
DE LA REPUBLICA DOMINICANA
Votada y Proclamada por la Asamblea Nacional
en fecha trece (13) de junio de 2015
Gaceta Oficial No. 10805 del 10 de julio de 2015
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PREÁMBULO
Nosotros, representantes del pueblo dominicano, libre y democráticamente elegidos,
reunidos en Asamblea Nacional Revisora; invocando el nombre de Dios; guiados por el
ideario de nuestros Padres de la Patria, Juan Pablo Duarte, Matías Ramón Mella y
Francisco del Rosario Sánchez, y de los próceres de la Restauración de establecer una
República libre, independiente, soberana y democrática; inspirados en los ejemplos de
luchas y sacrificios de nuestros héroes y heroínas inmortales; estimulados por el trabajo
abnegado de nuestros hombres y mujeres; regidos por los valores supremos y los principios
fundamentales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad, el imperio de la ley, la
justicia, la solidaridad, la convivencia fraterna, el bienestar social, el equilibrio ecológico,
el progreso y la paz, factores esenciales para la cohesión social; declaramos nuestra
voluntad de promover la unidad de la Nación dominicana, por lo que en ejercicio de nuestra
libre determinación adoptamos y proclamamos la siguiente
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CONSTITUCIÓN
TÍTULO I
DE LA NACIÓN, DEL ESTADO, DE SU GOBIERNO
Y DE SUS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
CAPÍTULO I
DE LA NACIÓN, DE SU SOBERANÍA Y DE SU GOBIERNO
Artículo 1.- Organización del Estado. El pueblo dominicano constituye una
Nación organizada en Estado libre e independiente, con el nombre de República
Dominicana.
Artículo 2.- Soberanía popular. La soberanía reside exclusivamente en el pueblo,
de quien emanan todos los poderes, los cuales ejerce por medio de sus representantes o en
forma directa, en los términos que establecen esta Constitución y las leyes.
Artículo 3.- Inviolabilidad de la soberanía y principio de no intervención. La
soberanía de la Nación dominicana, Estado libre e independiente de todo poder extranjero,
es inviolable. Ninguno de los poderes públicos organizados por la presente Constitución
puede realizar o permitir la realización de actos que constituyan una intervención directa o
indirecta en los asuntos internos o externos de la República Dominicana o una injerencia
que atente contra la personalidad e integridad del Estado y de los atributos que se le
reconocen y consagran en esta Constitución. El principio de la no intervención constituye
una norma invariable de la política internacional dominicana.
Artículo 4.- Gobierno de la Nación y separación de poderes. El gobierno de la
Nación es esencialmente civil, republicano, democrático y representativo. Se divide en
Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial. Estos tres poderes son independientes
en el ejercicio de sus respectivas funciones. Sus encargados son responsables y no pueden
delegar sus atribuciones, las cuales son únicamente las determinadas por esta Constitución
y las leyes.
Artículo 5.- Fundamento de la Constitución. La Constitución se fundamenta en el
respeto a la dignidad humana y en la indisoluble unidad de la Nación, patria común de
todos los dominicanos y dominicanas.
Artículo 6.- Supremacía de la Constitución. Todas las personas y los órganos que
ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución, norma suprema y fundamento
del ordenamiento jurídico del Estado. Son nulos de pleno derecho toda ley, decreto,
resolución, reglamento o acto contrarios a esta Constitución.

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