Resolución Nº SIE-006-2020-LCE de Superintendencia de Electricidad, 2020

Número de resoluciónSIE-006-2020-LCE
Año2020
Fecha de publicación22 Marzo 2021
MateriaLicitación Contratos Electricidad
SUPERINTENDENCIA
CE
ELECTRICIDARD
“Garantia
de
todos”
RESOLUCION
SIE-006-2020-LCE
ESTABLECIMIENTO
DE
BASES
LICITACION
PUBLICA
INTERNACIONAL
PARA
NUEVA
GENERACION
CDEEE-LPI-NG-01-2020
PARA
CONTRATOS
DE
COMPRAVENTA
DE
ENERGIA
ELECTRICA
DE
LARGO
PLAZO.
TITULO
CONTENIDO
PAG.
1
FACULTAD
1
t=
|
ANTECEDENTES
a
2
|
il
|
REFERENCIAS
A
LA
NORMATIVA
VIGENTE
gC
Vv
ANALISIS
Y
PONDERACION
10
Vv
DECISION
12
.
FACULTAD:
La
facultad
de
la
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD
para
emitir
la
presente
resolucién
se
encuentra
establecida
en
las
siguientes
disposiciones
de
la
normativa
legal
vigente:
1)
LEY
GENERAL
DE
ELECTRICIDAD
No.
125-01,
Y
SUS
MODIFICACIONES:
(i)
Articulo
101,
(...)
Parrafo
Unico,
dispone
que:
“La
Superintendencia
de
Electricidad
velara_porque
las
Empresas
Distribuidoras
efecttien
oportunamente
los
procesos
de
licitacion_previstos
en
el
Articulo
110
de
la
ley,
para
la
contratacion
del
porcentaje
de
sus
requerimientos
de
energia
y
potencia
que
disponga
el
Reglamento.”;
(ii)
Articulo
110,
dispone
que:
“Las
ventas
de
electricidad
en
contratos
de
largo
plazo,
de
una
entidad
generadora
a
una
distribuidora
se
efectuaran
a
los
precios
resultantes
de
procedimientos
competitivos
de
licitacidn
publica.
Estas
licitaciones
se
_regiran
por
bases
establecidas
por
la
Superintendencia_de
Electricidad,
la
que
supervisara
el
proceso
de
licitacibn
y
adjudicacién
y
requerira
copia
de
los
contratos,
los
cuales
deberan
contener,
por
lo
menos,
plazo
de
vigencia,
puntos
de
compra,
precios
de
la
electricidad
y
de
la
potencia
en
cada
punto
de
compra,
metodologia
de
indexaci6n,
tratamiento
de
los
aumentos
de
potencia
demandada,
compensaciones
por
fallas
de
suministro
en
concordancia
con
los
costos
de
desabastecimiento
fijados
por
la
Superintendencia
de
Electricidad
y
garantias
establecidas.
La
diferencia
entre
la
demanda
de
una
distribuidora
y
sus
contratos
sera
transferida
por
los
generadores
a
costo
marginal
de
corto plazo.
En
todos
los
casos
de
licitacion
del
sector
eléctrico,
las
bases
de
la
sustentacién
seran
dirigidas
totalmente
por
la
Superintendencia
de
Electricidad
(...).
RESOLUCION
SIE-006-2020-LCE
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