Resolución Nº SIE-008-2016-SANC de Superintendencia de Electricidad, 2016
Número de resolución | SIE-008-2016-SANC |
Año | 2016 |
Fecha de publicación | 22 Marzo 2021 |
Materia | Solicitud Verificación de Acometida y del Medidor |
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD
“Garantia
de
todos”
RESOLUCION
SIE-008-2016-SANC
DECISION
SOBRE
CARGOS
IMPUTADOS
A
EDENORTE
DOMINICANA,
S.
A.,
POR
PRESUNTO
INCUMPLIMIENTO
DEL
ARTICULO
SEGUNDO
DE
LA
RESOLUCION
SIE-019-2012,
DE
FECHA
30/03/2012
DE
EMISION
DE
LA
“NORMA
DE
CALIDAD
DE
SERVICIO
COMERCIAL
PARA
LA
PRESTACION
DEL
SERVICIO
PUBLICO
DE
DISTRIBUCION
DE
ELECTRICIDAD”
Y
DEL
ART.
11
DE
LA
MISMA
NORMA.
FACULTAD:
La
facultad
de
la
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD
para
emitir
la
presente
resolucién
se
encuentra
establecida
en
las
siguientes
disposiciones
de
la
normativa
legal
vigente:
1)
LEY
GENERAL
DE
ELECTRICIDAD
No.
125-01,
Y
SUS
MODIFICACIONES:
(i)
Articulo
24,
Literales
“c”
y
“e”:
dispone
que
correspondera
a
la
Superintendencia
de
Electricidad:
“(...);
c)
Fiscalizar_y_supervisar_el_cumplimiento_de
las
_disposiciones_legales
_y
reglamentarias,
asi
como
de
las
normas
técnicas
en
relacién
con
la
generaci6n,
la
transmisi6n,
la
distribucién
y
la
comercializacion
de
electricidad.
En
particular
verificar_el_cumplimiento_de_la_calidad_y
continuidad_del_suministro,
la
preservacion
del
medio
ambiente,
la
seguridad
de
las
instalaciones
y
otras
condiciones
de
eficiencia
de
los
servicios
que
se
_presten_a
los
usuarios,
de
acuerdo
a
las
regulaciones
establecidas;
(...);
e)
Aplicar
multas
y
penalizaciones
en
casos
de
incumplimiento
de
la
Ley,
de
sus
Reglamentos,
normas
y
de
sus
instrucciones,
en
conformidad
a
lo
establecido
en
el
Reglamento;”
(ii)
Articulo
29:
“La
Superintendencia
de
Electricidad
podra
aplicar
las
sanciones
que
en
casos
de
incumplimiento
de
normas
técnicas
y
sus
instrucciones
cometan
las
empresas
eléctricas
del
subsector,
en
conformidad
con
las
previsiones
de
esta
Leyy
su
Reglamento.”
2)
EGLAMENTO
PARA
LA
APLICACION
DE
LA
LEY
GENERAL
DE
ELECTRICIDAD
No.
125-01,
Y
SUS
MODIFICACIONES:
(i)
Articulo
31:
“La
S/E
tendra,
en
adicién
a
las
funciones
enunciadas
en
el
articulo
24
de
la
Ley,
con
caracter
meramente
enunciativo,
las
siguientes
facultades:
(...)
e)
Aplicar
las
sanciones
que
en
casos
de
incumplimiento
de
normas
técnicas
y
sus
instrucciones
cometan
las
Empresas
Eléctricas
del
subsector’,
(...).
(ii)
Articulo
32:
“Corresponderé
al
Consejo
de
la
SIE,
ademas
de
las
funciones
establecidas
en
el
Articulo
33 de
la
Ley,
las
siguientes:
(...) e)
Aprobar
la
imposicién
de
multas
y
sanciones’,
(...).
RESOLUCION
SIE-008-2016-
SANC
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