Resolución Nº SIE-020-2019-MEMI de Superintendencia de Electricidad, 2019

Número de resoluciónSIE-020-2019-MEMI
Año2019
Fecha de publicación22 Marzo 2021
MateriaNormativa Mercado Eléctrico Minorista
SUPERINTENDENCIA
DE
BSLECTRICIDAD
“Garantia
de
todos”
RESOLUCION
SIE-020-2019-MEMI
DETERMINACION
MONTO
DE
“AJUSTE
POR
TRASPASOS
A
TARIFA
PENDIENTES
DE
APLICAR”
EN
TARIFA
MENSUAL
A
USUARIOS
REGULADOS
SERVIDOS
POR
LA
EMPRESA
DISTRIBUIDORA
“COMPANIA
LUZ
Y
FUERZA
DE
LAS
TERRENAS,
S.
A.
(CLFT)”.
WO
ONTENIDO.
ee
OBJETO
FACULTAD
'
ANTECEDENTES
z
ANALISIS
is
DECISION
19
DETALLE
“AJUSTE
POR
TRASPASOS
A
TARIFA
PENDIENTES
22
DE
APLICAR’”
OBJETO:
La
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD,
mediante
la
presente
resolucidn,
(i)
Determina
los
montos
por
“AJUSTE
POR
TRASPASOS
A
TARIFA
PENDIENTES
DE
APLICAR”
en
tarifa
mensual
a
usuarios
regulados
servidos
por
la
Empresa
Distribuidora
COMPANIA
LUZ
Y
FUERZA
DE
LAS
TERRENAS,
S.
A.
(CLFT);
y,
(ii)
Establece
la
obligatoriedad
de
definir,
en
la
tarifa
eléctrica
a
usuarios
regulados
servidos
por
la
empresa
distribuidora
COMPANIA
DE
LUZ
Y
FUERZA
DE
LAS
TERRENAS,
S.A.,
emitida
mensualmente
por
la
SUPERINTENDENCIA,
cualquier
monto
que
pudiere
surgir
como
pendiente
de
traspaso,
como
consecuencia
de
la
aplicaciédn
del
régimen
tarifario
previsto
en
la
RESOLUCION
SIE-049-2016-MEMI.
FACULTAD:
La
facultad
de
la
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD
para
emitir
la
presente
resolucion
se
encuentra
establecida
en
las
siguientes
disposiciones
de
la
normativa
legal
vigente:
1)
LEY
GENERAL
DE
ELECTRICIDAD
No.
125-01,
y
sus
modificaciones:
(i)
Articulo
4:
“Son
objetivos
basicos
que
deberan
cumplirse
mediante
la
aplicacién
de
la
presente
Ley
y
de
su
Reglamento:
a)
(...);
d)
Regular
los
precios
de
aquellas
actividades
que
representan
caracter
monopélico,
estableciendo
tarifas
con
criterios
econdémicos,
de
eficiencia
y
equidad
a
manera
de
un
mercado
competitivo;
(...).”,
RESOLUCION
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SUPERINTENDENCIA
CE
SLECTRICIDOARD
“Garantia
de
todos”
(ii)
Articulo
24:
“Correspondera
a la
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD:
a)
Elaborar,
hacer
cumplir
y
analizar
sistematicamente
la
estructura
y
niveles
de
precios
de
la
electricidad
y
fijar,
mediante
resolucion,
las
tarifas
y
peajes
sujetos
a
regulacién
de
acuerdo
con
las
pautas
y
normas
establecidas
en
la
presente
Ley
y
su
Reglamento;
b)
Autorizar
0
no
las
modificaciones
de
los
niveles
tarifarios
de
la
electricidad
que
soliciten
las
empresas,
debidas
a
las
formulas
de
indexacién
que
haya
determinado
la
Superintendencia
de
Electricidad;”:
c)
Fiscalizar
y
supervisar
el
cumplimiento
de
las
disposiciones
legales
y
reglamentarias,
asi
como
de
las
normas
técnicas
en
relacién
con
la
generacion,
la
transmision,
la
distribuciébn
y
la
comercializacién
de
electricidad.
En
particular,
verificar
el
cumplimiento
de
la
calidad
y
continuidad
del
suministro,
la
preservacion
del
medio
ambiente,
la
seguridad
de
las
instalaciones
y
otras
condiciones
de
eficiencia
de
los
servicios
que
se
presten
a
los
usuarios,
de
acuerdo
a
las
regulaciones
establecidas;
(...)
(iii)
Articulo
30: “La
Superintendencia
dispondra
las
medidas
que
estime
necesarias
para
4
la
seguridad
del
publico
y
destinadas
a
resquardar
el
derecho
de
los
concesionarios
y
consumidores
de
electricidad,
pudiendo
requerir
el
auxilio
de
la
fuerza
publica
para
el
cumplimiento
de
sus
resoluciones.”:
(iv)
Articulo
33:
“Correspondera
al
Consejo
de
la
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD:
a)
Ejercer
las
atribuciones,
cumplir
y
hacer
cumplir
las
funciones
enunciadas
en
el
capitulo
Ill
de
este
titulo.
El
Consejo
analizara
los
estudios
y
determinara
las
tarifas
de
la
electricidad
sujetas
a
regulacion,
de
conformidad
con
lo
establecido
en
esta
Ley
y
su
Reglamento;
(...).”;
(v)
Articulo
108:
“Estaran
sujetas
a
regulaci6n
las
siguientes
tarifas:
a)
Tarifas
aplicables
a
los
suministros
que
efectuen
las
Empresas
Distribuidoras
a
clientes
que
estén
dentro
de
su
Zona
de
Concesién,
y
que
por
el
monto
de
su
demanda
no
se
encuentren
en
condiciones
de
suscribir
contratos
libres
y
competitivamente
convenidos,
0
a
aquellos
clientes
que
no
deseen
hacerlo.
En
todo
caso,
esas
personas
seran
consideradas
como
clientes
de
servicio
publico.
E|
monto
de
las
citadas
tarifas
sera
fijado
mediante
resoluciones
dictadas
por
la
Superintendencia
de
Electricidad;
b)
Tarifas
aplicables
a
otros
servicios
prestados
por
las
Empresas
Distribuidoras
a
los
clientes
o
usuarios
de
servicio
publico
de
electricidad,
con
excepcién
de
aquellos
a
los
cuales,
dadas
sus
caracteristicas
de
competitividad,
el
Reglamento
no
los
someta
a
regulacién
de
precios;
c)
Tarifas
aplicables
al
uso
de
las
instalaciones
de
transmisién
y
de
distribucién
de
electricidad,
para
el
ejercicio
del
Derecho
de
Uso
en
el
transito
de
energia
que
establece
la
presente
Ley.
(...)”;
RESOLUCION
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