Resolución Nº SIE-024-2017-PJ de Superintendencia de Electricidad, 2017

Número de resolución SIE-024-2017-PJ
Año2017
Fecha de publicación22 Marzo 2021
MateriaTransmisión
RESOLUCION
SIE-024-2017-PJ
SUPERINTENDENCIA
DE
&I
FCTRICIOAD
“Garantia
de
todos”
FIJACION
PEAJE
POR
USO
DE
INSTALACIONES
PROPIEDAD
DE
EDESUR
DOMINICANA,
S.
A.,
POR
PARTE
DE
LA
EMPRESA
MATERIAS
PRIMAS,
S.
A.
S.
(MAPRICA)
PARA
ACCESO
RED
MEDIA
TENSION.
TiTULo
CONTENIDO
PAG.
SOLICITUD
INTERPUESTA
1
FACULTAD
2
ANTECEDENTES
3
_|
_
NORMATIVAS
APLICABLES
i
ANALISIS
|
40
_|__pecision
12
|.
SOLICITUD
INTERPUESTA:
1)
En
fecha
21/12/2016,
la
empresa
MATERIAS
PRIMAS,
S.
A.
S.,
solicité
a
esta
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD,
lo
siguiente:
“Por
medio
de
la
presente
queremos
hacer
formal
solicitud
de
su
intervencién
ante
la
Empresa
EDESUR
Dominicana
S.A.
debido
a
que
no
ha
sido
posible
acordar
el
costo
de!
peaje
de
distribucion.
E]
12
de
diciembre
de
2016,
en
base
al
Articulo
82
de
la
Ley
General
de
Electricidad,
le
enviamos
una
comunicacién
a
EDESUR
que
establece
nuestros
célculos
para
el
cobro
del
peaje.
A
la
fecha
no
hemos
recibido
respuesta
Deseamos
hacer
de su
conocimiento
que
llevamos
varios
meses
tratando
de
Contratar
un
suministrador
de
energia
diferente
a
EDESUR
Dominicana
y
no
ha
sido
imposible
realizar
dicha
accién,
debido
a
una
variedad
de
inconvenientes
que
se
han
presentado
con
EDESUR
para
poder
realizar
las
interconexiones
necesarias
y la
instalacién
de
los
sistemas
de
medicién
comercial
por
parte
el
Organismo
Coordinador
de!
Mercado.
Un
ejemplo
puntual
es
nuestra
solicitud
de
fa
carta
de
no
objecién
que
fue
retrasada
en
base
a
una
supuesta
deuda
que
luego
de
una
conciliacién
que
teniamos
meses
solicitando
arrojo
que
DESUR
es
quien
tiene
y
continia
teniendo
una
deuda
con
nosotros.
En
ese
mismo
sentido,
EDESUR
Dominicana
nos
informa
que
no
va
a
permitir
la
apertura
del
circuito
para
la
habilitacién
del
sistema
de
medicién
comercial
hasta
que
no
se
firme
el
contrato
de
peaje
que
ellos
nos
estén
proponiendo
El
contrato
para
pago
de
peaje
que
EDESUR
quiere
obligar
al
cliente
a
firmar
es
un
peaje
promedio
para
clientes
Regulados
y
que
no
cumple
con
lo
establecido
en
articulo
82 de
la
Ley
General
de
electricidad
125-01
RESOLUCION
SIE-024-2017-PJ
Pagina
1
de 14
f

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR