Resolución Nº SIE-036-2018-MEM de Superintendencia de Electricidad, 2018

Número de resoluciónSIE-036-2018-MEM
Año2018
Fecha de publicación22 Marzo 2021
MateriaNormativa Mercado Eléctrico Mayorista
SUPERINTENDENCIA
DE
SLECTRICIORD
“Garantia
de
todos
RESOLUCION
SIE-036-2018-MEM
HABILITACION
TRANSITORIA
DE
SISTEMA
MEDICION
COMERCIAL
(SMC)
EN
PUNTO
DE
INTERCONEXION
ENTRE
LAS
EMPRESAS
DISTRIBUIDORAS
COMPANIA
DE
LUZ
Y
FUERZA
DE
LAS
TERRENAS,
S.
A.,
Y
EL
PROGRESO
DEL
LIMON,
S. R.
L.
TITULO
CONTENIDO
PAG.
I
FACULTAD
4
ll
ANTECEDENTES
|
OO
aa
-
7
ro
2
ra
ll
NORMATIVA
DE
REFERENCIA
es
ee
Pe
22
7a
IV
“ANALISIS
a
7
a
|e
24
Cp
[RES
ere
FACULTAD:
La
facultad
de
la
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD
para
emitir
la
presente
resolucion
se
encuentra
establecida
en
las
siguientes
disposiciones
de
la
normativa
legal
vigente:
1)
LEY
GENERAL
DE
ELECTRICIDAD
No.
125-01,
Y
SUS
MODIFICACIONES:
(i)
Articulo
4:
Establece
entre
los
objetivos
basicos
que
deberan
cumplirse
mediante
la
aplicacion
de
la
presente
Ley
y
de
su
Reglamento,
los
siguientes:
‘a)
(...)
f)
Asegurar
la
proteccién
de
los
derechos
de
los
usuarios
y
el
cumplimiento
de
sus
obligaciones”.
(ii)
Articulo
24:
En
sus
Literales
“c”
y
‘I’,
dispone
que
correspondera
a la
SUPERINTENDENCIA:
c)
Fiscalizar
y
supervisar
el
cumplimiento
de
las
disposiciones
legales
y
reglamentarias,
asi
como
de
las
normas
técnicas
en
relacién
con
la
generacion,
la
transmisi6n,
la
distribucion
y
la
comercializacién
de
electricidad.
En
particular,
verificar
el
cumplimiento
de
la
calidad
y
continuidad
del
suministro,
la
preservacién
del
medio
ambiente,
la
seguridad
de
las
instalaciones
y
otras
condiciones
de
eficiencia
de
los
servicios
que
se
presten
a
los
usuarios,
de
acuerdo
a
las
regulaciones
establecidas;
(...);
RESOLUCION
SIE-036-2018-MEM
Pagina
1
de
28
SUPSRINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD
“Garantia
de
todos”
!)
Resolver,
oyendo
a
los
afectados,
los
reclamos
por,
entre
o
en
contra
de
particulares,
consumidores,
concesionarios
y
propietarios
y
operadores
de
instalaciones
eléctricas
que
se
refieran
a_situaciones
objeto
de
su
fiscalizacién”.
(iii)
Articulo
30:
Sefala
que:
“La
Superintendencia
dispondra
las
medidas
que
estime
necesarias
para
la
seguridad
del
publico
y
destinadas
a
resguardar
el
derecho
de
los
concesionarios
y
consumidores
de
electricidad,
pudiendo
requerir
el
auxilio
de
la
fuerza
publica
para
el
cumplimiento
de
sus
resoluciones.”
2)
REGLAMENTO
PARA
LA
APLICACION
DE
LA
LEY
GENERAL
DE
ELECTRICIDAD
No.
125-01:
(i)
Articulo
31:
“La
SIE
tendra,
en
adicion
a
las
funciones
enunciadas
en
el
Articulo
24 de
la
Ley,
con
caracter
meramente
enunciativo,
las
siguientes
facultades”:
(es)
f)
Disponer
las
medidas
que
estime
necesarias
para
la
seguridad
del
publico
y
destinadas
a
resguardar
el
derecho
de
los
Concesionarios
y
consumidores
de
electricidad,
pudiendo
requerir
el
auxilio de
la
fuerza
publica
para
el
cumplimiento
de
sus
resoluciones;
(...)
0)
Resolver
toda
controversia
que
surja
entre
los
propietarios
de
las
lineas
y
subestaciones
involucradas
o
quienes
las
exploten
y
cualquier
interesado
en
constituir
las
Servidumbres
necesarias
para
el
paso
de
electricidad
a
través
de
lineas
aéreas
o
subterraneas,
subestaciones
y
obras
anexas;
I.
ANTECEDENTES.
1)
En
fecha
26/08/2011,
el
ESTADO
DOMINICANO
y
la
COMPANIA
DE
LUZ
Y
FUERZA
DE
LAS
TERRENAS,
S.A.,
suscribieron
un
“CONTRATO
DE
CONCESION
DEEFINITIVA
PARA
LA
EXPLOTACION
DE
OBRAS
DE
DISTRIBUCION
DE
ENERGIA
ELECTRICA”,
en
virtud
del
cual
el
ESTADO
DOMINICANO
autoriz6
la
COMPANIA
DE
LUZ
Y
FUERZA
DE
LAS
TERRENAS,
S.A.:
“(...)
a
la
construccién,
instalacién,
operacién
y
explotacién
de
Obras
Eléctricas
de
Distribucién
a
su
sdélo
riesgo,
por
cuenta
y
beneficio
propio
(...)”
(Articulo
2
del
Contrato).
El
CONTRATO
DE
CONCESION
DEFINITIVA
CLFT,
dispone
entre
otras
clausulas,
las
siguientes:
“Articulo
4.-
DERECHOS
DE
LA
COMPANIA:
En
virtud
del
presente
Contrato,
sin
que
la
presente
enunciacion
sea
limitativa,
LA
COMPANIA
tendra
derecho
a:
(G)
d)
A
ser
distribuidores
exclusivos
de
los
usuarios
dentro
de
su
Area
de
Concesi6n’
(...);
Articulo
5.-
OBLIGACIONES
DE
LA
COMPANIA:
En
virtud
del
presente
Contrato,
sin
que
la
presente
enunciacién
sea
limitativa,
LA
COMPANIA
tendra
las
siguientes
obligaciones:
(...)
RESOLUCION
SIE-036-2018-MEM
Pagina
2
de
28

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR