Resolución Nº SIE-051-2017-MEMI de Superintendencia de Electricidad, 2017

Número de resolución SIE-051-2017-MEMI
Año2017
Fecha de publicación22 Marzo 2021
MateriaNormativa Mercado Eléctrico Minorista
SUPERINTENDENCIA
DE
SLECTRICIDAD
“Garantia
de
todos”
RESOLUCION
SIE-051-2017-MEMI
REGULARIZACION
REDES
DE
DISTRIBUCION
DISTRITO
MUNICIPAL
“EL
LIMON”
Y
COMUNIDADES
“EL
PORTILLO”,
“TIERRA
BLANCA”,
“RANCHO
ESPANOL”,
“MONTE
ADENTRO”,
“QUISQUEYA
VERDE”,
“LAS
GUAZARAS”,
“ARROYO
CHICO”
Y
“BATEY
HORMIGA”,
PROVINCIA
SAMANA.
TITULO
CONTENIDO
PAG.
1
PLANTEAMIENTO
1
M
FACULTAD
:
ae
“3
it
|
ANTECEDENTES
-
7
7
4
IV.
|
INSPECCIONES
IN-SITU
_
1
Vv
NORMATIVA
DE
REFERENCIA
=
18
vl
ANALISIS
/
7
;
49
f
vi
|
DECISION
7
32
|.
PLANTEAMIENTO:
(i)
En
fecha
04/01/2017,
la
DIRECCION
DE
REGULACION
(DREG)
de
esta
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD,
elaboré
un
INFORME
TECNICO
(contenido
en
la
COMUNICACION
SIE-DR-DIR-2017-0001)
que
examina
los
resultados
de
la
INSPECCION
TECNICA
IN
SITU
realizada
en
fecha
02/12/2016,
sobre
los
cruces
de
lineas
entre
la
COMPANIA
DE
LUZ
Y
FUERZA
DE
LAS
TERRENAS,
S.A.
(CLFT)
y
la
COMPANIA
EL
PROGRESO
DEL
LIMON,
S.R.L.
(EPDL),
en
la
zona
de
concesién
de
EPDL.
En
dicha
INSPECCION
TECNICA
se
comprob6,
entre
otras
cosas,
lo
siguiente:
“En
fecha
2
de
diciembre
de
2016
llevamos
a
cabo
las
comprobaciones
de
las
coordenadas
de
las
diferentes
estructuras,
para
lo
cual
hicimos
uso
de
un
GPS.
Iniciamos
el
recorrido
en
el
rio
Carolima,
Portillo,
en
donde
se
encuentra
la
estructura
No.
1,
continuamos
en
secuencia
todo
el
camino
hasta
atravesar
el
pueblo
del
Limén
y
concluimos
en
la
estructura
No.
81,
en
las
proximidades
del
Batey
Hormiga,
con
una
muestra
representativa
de
un
76%
del
total
citado
en
el
plano
general
elaborado
por
la
Direccién
Regional
de
Mensuras
Catastrales
del
Departamento
Noreste
de
la
Jurisdiccion
Inmobiliaria.
(...)
En
sentido
general,
validamos
las
ubicaciones
georreferenciadas
de
las
estructuras
presentadas
en
el
plano
general
que
sirven
de
apoyo
a
las
lineas
de
distribucién
de
la
compafiia
Luz
y
Fuerza
de
Las
Terrenas,
las
cuales
cruzan
por
encima
de
la
red
de
distribucién
de
la
compafia
El
Progreso
del
Limon.
Las
coordenadas
verificadas
no
coinciden
con
las
especificadas
en
el
contrato
de
concesién
definitiva
de
la
compafia
Luz
y
Fuerza
de
Las
Terrenas,
mas
bien,
estan
dentro
de
la
zona
de
concesion
de
la
compania
El
Progreso
del
Limon.
(...)
RESOLUCION
SIE-051-2017-MEMI
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34
SUPERINTENOCENCIA
CE
SLECTRICIORD
“Garantia
de
todos
Es
bueno
sefialar
que
la
intervencién
de
ambas
empresas
en
la
misma
zona
hacen
que
las
operaciones
de
las
redes
se
tornen
inseguras,
dado
que:
e
Ambas
estan
energizadas
bajo
centros
de
control
de
redes
diferentes.
e
Se
dificultan
los
trabajos
de
reparacién
o
de
instalaciones
nuevas,
tanto
en
media
como
en
baja
tension.
¢
Dificultades
comerciales
ante
la
disputa
de
los
clientes.
e
Dificultad
en
la
resolucién
de
averias
¢
Mayor
cantidad
de
postes
y
equipos
instalados
en
las
aceras
creando
contaminaci6n
visual.
6.
CONCLUSIONES:
Validamos
las
ubicaciones
georreferenciadas
de
las
estructuras
presentadas
en
el
plano
general
que
sirven
de
apoyo
a
las
lineas
de
distribucién
de
la
compania
Luz
y
Fuerza
de
Las
Terrenas,
las
cuales
cruzan
por
encima
de
la
red
de
distribucion
de
la
compania
El
Progreso
del
Limon.
Las
coordenadas
de
las
lineas
de
CLFLT
que
se
interceptan
con
las
de
la
CEPDL
no
coinciden
con
las
contenidas
en
el
contrato
de
concesion
de
Ia
distribuidora
Luz
y
Fuerza
de
Las
Terrenas.
Estos
cruces
representan
una
condicién
de
peligro
para
la
operacién
y
mantenimiento
de
las
redes
de
ambas
empresas
distribuidoras,
ya
que
ponen
en
riesgo
los
elementos
que
las
componen
y
el
SENI,
asi
como
los
empleados
y
la
comunidad”.
(ii)
En
fecha
13/02/2017,
la
DIRECCION
DE
REGULACION
(DREG)
y
la
DIRECCION
FISCALIZACION
MERCADO
ELECTRICO
MINORISTA
(DFMEMI)
de
esta
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD,
de
manera
conjunta,
elaboraron
el
INFORME
TECNICO
NUM.
005-2017,
de
fecha
13/02/2017,
sobre
“REGULARIZACION
DEL
SUMINISTRO
ELECTRICO
DE
CLIENTES
EN
LA
ZONA
DE
CONCESION
DE
LA
COMPANIA
EL
PROGRESO
DEL
LIMON,
SRL.”,
el
cual
sefiala,
entre otras
cosas,
lo
siguiente:
“El
Distrito
Municipal
de
El
Limon
y
parajes
aledafios
son
Areas
de
Concesién
de
la
Empresa
Distribuidora
El
Progreso
de
El
Limén,
SRL.
y
contiene
redes
de
media
y
baja
tensibn
de
dos
empresas
distintas,
la
mencionada
El
Progreso
del
Limon,
SRL.
y
la
Compafiia
Luz
y
Fuerza
de
Las
Terrenas,
S.A.,
las
mismas
que
se
cruzan
decenas
de
veces.
Esta
situacién
represente
un
peligro
para
la
operacién
de
estas
redes
y
la
seguridad
del
sistema.
Por
otro
lado,
las
autoridades
y
la
poblacién
del
lugar
vienen
reclamando
la
soluci6n
a
estos
inconvenientes.
La
situacién
descrita
amerita
iniciar
un
proceso
de
Regularizacioén
del
Suministro
Eléctrico
a
los
clientes
de
la
Compafia
El
Progreso
del
Limon”.
(...)
RESOLUCION
SIE-051-2017-MEMI
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SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD
“Garantia
de
todos
(iii)
Mediante
ComuNICACION
SIE-DR-DIR-2017-0028,
de
fecha
15/02/2017,
la
DIRECCION
DE
REGULACION
(DREG)
presenté
ante
el
CONSEJO
de
esta
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD,
el
INFORME
TECNICO
NUM.
005-2017,
de
fecha
13/02/2017,
sobre
“REGULARIZACION
DEL
SUMINISTRO
ELECTRICO
DE
CLIENTES
EN
LA
ZONA
DE
CONCESION
DE
LA
COMPANIA
EL
PROGRESO
DEL
LIMON,
SRL.”,
elaborado
de
manera
conjunta
entre
la
DIRECCION
DE
REGULACION
(DREG)
y
la
DIRECCION
FISCALIZACION
MERCADO
ELECTRICO
MINORISTA
(DFMEMI),
sefalando
en
dicha
Comunicacién
lo
siguiente:
“Partiendo
de
los
criterios
tecnicos
y
de
seguridad
de
operacién
del
sistema
eléctrico,
en
los
que
se
sustenta
la
normativa
vigente,
el
informe
concluye
que
las
redes
de
COMPANIA
LUZ
Y
FUERZA
DE
LAS
TERRENAS
no
tienen
autorizaciOn
para
permanecer
en
esa
zona
y
deben
ser
removidas,
salvo
en
algunos
lugares
donde
la
racionalidad
técnica
y
econdmica
sugiere
que
sean
usadas
por
el
concesionario
autorizado
a
dar
el
servicio,
pagando
un
peaje
que
debe
ser
determinado
por
la
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD,
o
adquiriéndola
de
COMPANIA
LUZ
Y
FUERZA
DE
LAS
TERRENAS.
En
el
segundo
caso
la
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD
puede
actuar
como
mediador.
En
lo
que
tiene
que
ver
con
los
aspectos
sociales,
tenemos
la
evidencia
de
que
las
diferentes
asociaciones
y
juntas
de
vecinos
de
esa
zona
del
pais
han
sostenido
encuentros
con
PROGRESO
DEL
LIMON
para
discutir
el
tema
del
asunto
y
que
estan
de
acuerdo
con
la
regularizacién
del
servicio,
pues
la
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD
recibié
una
carta
firmada
por
los
representantes
de
unas
veinte
organizaciones
que
reclaman
la
regularizacion
del
servicio,
por
las
razones
de
seguridad
citadas.
No
obstante,
recomendamos
que
la
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD
socialice
la
decision
de
regularizar
el
servicio
con
los
representantes
de
la
comunidad
para
evitar
la
desinformacién
y
asegurar
que
no
haya
reclamaciones
sociales
posteriores
a
la
decision
de
regularizar
el
servicio.
(...)”
FACULTAD:
Esta
SUPERINTENDENCIA
cita
a
continuacién
los
textos
normativos
que
le
confieren
la
facultad
para
proceder
con
el
conocimiento
y
ponderacién
del
caso
presentado:
1)
Disposiciones
contenidas
en
la
Ley
General
de
Electricidad
No.
125-01
(LGE),
y
sus
modificaciones:
(i)
Articulo
4:
“Son
objetivos
basicos
que
deberan
cumplirse
mediante
la
aplicacién
de
la
presente
Ley
y
de
su
Reglamento:
a)
(...);
f)
Asegurar
la
proteccién
de
los
derechos
de
los
usuarios
y
el
cumplimiento
de
sus
obligaciones.
(...);
RESOLUCION
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