Resolución Nº SIE-063-2015-ADM de Superintendencia de Electricidad, 2015

Número de resolución SIE-063-2015-ADM
Año2015
Fecha de publicación22 Marzo 2021
MateriaAdministrativas internas SIE
RESOLUCION
SIE-063-2015-ADM
Sur
ERIN
TENCENCIF
S|
SlLECTTRICIiDRpD
j
Garantia
de
todos
!
“ANO
DE
ATENCION
INTEGRAL
A
LA
PRIMERA
INFANCIA”
CREACION
DEL
COMITE
ADMINISTRADOR
DE
LOS
MEDIOS
WEB
DE
LA
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD
(CAMWEB-SIE).
.
FACULTAD:
La
facultad
de
la
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD
para
emitir
la
presente
resolucion
se
encuentra
establecida
en
las
siguientes
disposiciones
de
la
normativa
legal
vigente:
1)
2)
LEY
GENERAL
DE
ELECTRICIDAD
No.
125-01,
de
fecha
26
de
julio
de
2001,
y
sus
modificaciones:
(i)
Articulo
31:
"La
administraciin
de
la
Superintendencia
de
_
Electricidad
correspondera
a
un
Consejo
integrado
por
un
(1)
presidente
y
dos
(2)
miembros,
designados
por
el
Poder
Ejecutivo
y
ratificados
por
el
Congreso
Nacional.
Ostentara
el
cargo
de
Superintendente
quien
sea
sefialado
como
presidente
de!
Consejo.
",
(ii)
Articulo
34:
"Los
reglamentos
determinaran
la
organizacién
interna
de
la
Superintendencia
de
Electricidad.":
REGLAMENTO
DE
APLICACION
DE
LA
LEY
GENERAL
DE
ELECTRICIDAD
(RLGE):
(i)
Articulo
32:
"“Correspondera
al
Consejo
de
la
SIE,
ademas
de
las
funciones
establecidas
en
el
articulo
33
de
la
Ley,
las
siguientes:
a
(...);
b.
Aprobar
los
reglamentos
que
expida
la
SIE
en
uso
de
las
atribuciones
que
le
confiere
la
Ley
y
el
presente
Reglamento;
c.
Aprobar
la
organizacion
interna
de
la
SIE
la
cual
debera
incluir
el
manual
de
funciones
y
requerimientos
de
seleccidn
del
personal;
d.
Expedir
el
Reglamento
de
Etica
para
los
funcionarios
de
la
entidad;
(...)".
ll.
ANTECEDENTES:
1)
2)
RESOLUCION
SIE-063-2015-ADM
Pagina
1
de
4
En
fecha
13
de
julio
de
2004,
fue
dictada
la
Ley
General
de
Libre
Acceso
a
la
Informacién
Publica,
No.
200-04,
la
cual
dispone
la
"informatizacion
o
la
incorporacion
al
sistema
de
comunicacién
por
intemet
o
a
cualquier
otro
sistema
similar
que
en
el
futuro
se
establezca,
de
todos
los
organismos
publicos
centralizados
y
descentralizados
de!
Estado,
incluyendo
el
Distrito
Nacional
y
los
municipios,
con
la
finalidad
de
garantizar
a
través
de
este
un
acceso
directo
del
publico
a
la
informacién
del
Estado",
En
fecha
3
de
septiembre
de
2004,
el
PODER
EJECUTIVO
mediante
Decreto
Num.
1090-04,
cred
la
OFICINA
PRESIDENCIAL
DE
TECNOLOGIAS
DE
LA
INFORMACION
Y
COMUNICACION
(OPTIC)
para
planificar,
dirigir
y
ejecutar
las
acciones
necesarias
para
implementar
el
Gobierno
Electrénico
en
la
Republica
Dominicana
mediante
la
difusi6n,
uso
e
implementacidén
de
las
Tecnologias
de
la
Informacion
y
las
Comunicaciones
(TIC);
/
~)

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