Resolución Nº SIE-081-2021-PS de Superintendencia de Electricidad, 2021

Fecha de publicación23 Septiembre 2021
Número de resoluciónSIE-081-2021-PS
Año2021
MateriaAutorización Puesta en Servicio
-17-
Dec. No.
709-01
dispone que a partir del primero de julio del presente
aiio,
las
Empresas Distribuidoras de Electricidad (EDENORTE, EDESUR
Y
EDEESTE) no
podrin, bajo ninguna circunstancia, interrumpir de forma global e indiscriminada,
el servicio de energia elkctrica en ninguna parte del territorio nacional.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO:
709-01
CONSIDERANDO: Que para lograr una mejoria del funcionamiento del
Sistema Electrico Interconectado de la Republica Dominicana es necesario poner en
ejecucihn un plan de expansion que contemple la ampliacihn
y
construccihn de
subestaciones de distribucihn de electricidad.
CONSIDERANDO: Que las Empresas Distribuidoras de Electricidad
surgidas de la reestructuracihn
y
capitalizacihn de la Corporacihn Dominicana de
Electricidad. EDENORTE, EDESUR
y
EDEESTE, han manifestado en reiteradas
ocasiones
su
imposibilidad en el corto plazo de realizar las inversiones en subestaciones
de transformacihn
o
de amortizarlas, a1 ritmo que lo realiza el Gobierno Dominicano a
traves de la Corporacihn Dominicana de Electricidad (CDE).
CONSIDERANDO: Que el Gobierno Dominicano, a traves de la
Corporacihn Dominicana de Electricidad (CDE), realiza inversiones en subestaciones de
transformacihn que conectan directamente con las lineas de distribucihn propiedad de las
Empresas Distribuidoras de Electricidad resultantes del proceso de reestructuracihn
y
capitalizacihn de la CDE.
CONSIDERANDO: Que las Empresas Distribuidoras de Electricidad
EDENORTE, EDESUR
y
EDEESTE ejecutan intermpciones sistematicas del servicio
electric0 en las zonas suburbanas
y
10s llamados barrios marginados, afectando de esta
forma el normal discurrir de la vida cotidiana en 10s hogares de dichas zonas.
CONSIDERANDO: Que las Empresas Distribuidoras de Electricidad
EDENORTE, EDESUR
y
EDEESTE aceptaron en el Acuerdo de Sostenibilidad del
Sector Electrico, firmado entre ellas
y
el Estado Dominicano en fecha
2
de febrero del
2001,
el monitoreo
y
coordinacihn de las intermpciones del servicio,
asi
como la
determinacihn de 10s bloques de carga a ser intermmpidos para mantener la estabilidad de
frecuencia del sistema.
CONSIDERANDO: Que las Empresas Distribuidoras de Electricidad
EDENORTE, EDESUR
y
EDEESTE aceptaron el compromiso de que la CDE realizara

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