Resolución Nº SIE-094-2021-LCE de Superintendencia de Electricidad, 2021

Número de resoluciónSIE-094-2021-LCE
Año2021
Fecha de publicación29 Octubre 2021
MateriaLicitación Contratos Electricidad (Generadores-Distribuidores)
RESOLUCION
SIE-094-2021-LCE
TERCERA
MODIFICACION
A
LAS
BASES
DE LA
LICITACION
PUBLICA
INTERNACIONAL
PARA
LA
COMPRAVENTA
DE
POTENCIA
Y
ENERGIA
f—~
Superintendencia
Yes
Ce
Electricidad
ELECTRICA
ASOCIADA
MEDIANTE
CONTRATOS
DE
LARGO
PLAZO
DE
EMPRESAS
DISTRIBUIDORAS
DE
ELECTRICIDAD
NO.
EDES-LPI-NG-01-2021
we.
CONTENIDO
PAG.
[1
|
SOLICITUD
PRESENTADA
1
[a7
FACULTAD
1
i
|
ANTECEDENTES
5
cov
ANALISIS
Y
PONDERACION
11
e
v
DECISION
14
SOLICITUD
PRESENTADA:
1)
En
fecha
22/10/2021,
mediante
COMUNICACION
No.
INT-MEM-2021-9612,
el
COMITE
DE
LICITACION
en
su
calidad
de
entidad
coordinadora
por
las
Empresas
Distribuidoras
EDENORTE
DOMINICANA,
S.
A.,
EDESUR
DOMINICANA,
S.A.,
y
la
EMPRESA
DISTRIBUIDORA
DE
ELECTRICIDAD
DEL
ESTE,
S.A.,
para
la
LICITACION
PUBLICA
INTERNACIONAL
PARA
LA
COMPRAVENTA
DE
POTENCIA
Y
ENERGIA
ELECTRICA
ASOCIADA
MEDIANTE
CONTRATOS
DE
LARGO
PLAZO
DE
LAS
EMPRESAS
DISTRIBUIDORAS
DE
ELECTRICIDAD
No.
EDES-LPI-NG-01-2021,
somete
ante
esta
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD
una
SOLICITUD
DE
MODIFICACION
A
LAS
BASES
DE
LICITACION;
En
fecha
27
de
octubre
de
2021,
esta
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD,
en
atencion
a
la
solicitud
de
modificacion
de
las
Bases
del
proceso
de
Licitacién
remitida
por
el
COMITE
DE
LICITACION,
procedié
a
realizar
observaciones
al
COMITE
DE
LICITACION,
respecto
de
las
modificaciones
solicitadas.
FACULTAD:
La
facultad
de
la
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD
para
dictar
la
presente
resolucion
se
encuentra
establecida
en
las
siguientes
disposiciones
de
la
normativa
vigente:
1)
LEY
GENERAL
DE
ELECTRICIDAD
No.
125-01,
y
sus
modificaciones:
(i)
Articulo
104,
(...)
Parrafo
Unico,
dispone
textualmente
que:
“La
SUPERINTENDENCIA
de
Electricidad
velaraé_porque
las
Empresas
Distribuidoras
efecttien
oportunamente
los
brocesos
de
licitacién
previstos
en
el
Articulo
110
de
la
ley,
para
la
contratacién
del
porcentaje
de
sus
requerimientos
de
energia
y
potencia
que
disponga
el
Reglamento.”:
RESOLUCION
SIE094-2021-LCE
Pagina
1
de
17
ewe
is
.
as
oo
(~~
Superintendencia
(2
eee
de
Electricidad
\
(ii)
Articulo
110,
dispone
textualmente
que:
“Las
ventas
de
electricidad
en
contratos
de
largo
plazo,
de
una
entidad
generadora
a
una
distribuidora
se
efectuaran
a
los
precios
resultantes
de
procedimientos
competitivos
de
licitacién
publica.
Estas
LICITACIONES
Se
regiran
por
bases
establecidas
por
la
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD,
la
que
supervisara
el
proceso
de
licitacién
y
adjudicacién
y
requerira
copia
de
los
contratos,
los
cuales
deberan
contener,
por
lo
menos,
plazo
de
vigencia,
puntos
de
compra,
precios
de
la
electricidad
y
de
la
potencia
en
cada
punto
de
compra,
metodologia
de
indexacion,
tratamiento
de
los
aumentos
de
potencia
demandada,
compensaciones
por
fallas
de
suministro
en
concordancia
con
los
costos
de
desabastecimiento
fijados
por
la
SUPERINTENDENCIA
de
Electricidad
y
garantias
establecidas.
La
diferencia
entre
la
demanda
de
una
distribuidora
y
sus
contratos
sera
transferida
por
los
generadores
a
costo
marginal
de
corto
plazo.
En
todos
los
casos
de
licitacién
del
sector
eléctrico,
las
bases
de
la
sustentacién
seran
dirigidas
totalmente
por
la
SUPERINTENDENCIA
de
Electricidad.
(...)”.
2)
REGLAMENTO
PARA
APLICACION
DE
LA
LEY
GENERAL
DE
ELECTRICIDAD
NO.
125-01,
y
sus
modificaciones:
(i)
Articulo
31,
Literales
“x”
y
“bb”,
disponen
textualmente
que:
“La
S/E
tendra,
en
adicion
a
las
funciones
enunciadas
en
el
articulo
24 de
la
Ley,
con
caracter
meramente
enunciativo,
las
siguientes
facultades:
hcl
x)
Fiscalizar
y
supervisar
los
procesos
de
licitacién
para
la
contratacion
de
electricidad
por
parte
de
las
Empresas
de
_Distribucién
con
las
Empresas
de
Generaci6n,
conforme
lo
establece
el
articulo
110
de
la
Ley;
(...)
bb)
Velar
porque
las
empresas
distribuidoras
cumplan
con
lo
previsto
en
el
articulo
110
de
la
Ley”:
(ii)
Articulo
119,
dispone
textualmente
que:
“Asi
mismo,
de
conformidad
con
el
articulo
110
de
la
Ley,
las
Empresas
Eléctricas
de
Distribucién
para
la
compra
de
electricidad
en
Contratos
de
Largo
Plazo
deberan
realizar
una
licitacién
publica,
la
cual
estara
regida
por
las
bases
establecidas
por
la
SIE
la
que
supervisara
el
proceso
de
licitacién
\
y
adjudicacién
y
requerira
copia
de
los
contratos.”.
bk
3)
LEY
ORGANICA
DE
LA
ADMINISTRACION
PUBLICA
NO.
247-12:
Articulo
12,
Numerales
2
y
14,
disponen textualmente
que:
“La
Administracién
Publica
ey
actua
sometida
al
ordenamiento
juridico
del
Estado
y
se
organiza
y
desarrolla
su
actividad
de
acuerdo
con
los
siguientes
principios:
RESOLUCION
SIE094-2021-LCE
Pagina
2
de
17

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR