Resolución Nº SIE-121-2019-PJ de Superintendencia de Electricidad, 2019

Número de resoluciónSIE-121-2019-PJ
Año2019
Fecha de publicación22 Marzo 2021
MateriaNormativa Mercado Eléctrico Mayorista
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD
“Garantia
de
tedos”
RESOLUCION
SIE-121-2019-PJ
MODIFICACION
RESOLUCION
SIE-073-2018-PJ,
SOBRE
“FIJACION
PEAJE
DE
TRANSMISION
PERIODO
2017-2020”,
DICTADA
EN
FECHA
31/08/2018.
TITULO
CONTENIDO
PAG,
1
FACULTAD
1
il
ANTECEDENTES
+ 3
il
MARCO
NORMATIVO
DE
REFERENCIA.
29~CCS
IV
ANALISIS
/
|S
squs.|
v
~
DECISION
lz
I.
FACULTAD:
1)
La
LEY
GENERAL
DE
ELECTRICIDAD
No.
125-01
(RLGE),
y
sus
modificaciones,
en
relacion
con
las
funciones
y
atribuciones
de
esta
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD,
prevé
lo
siguiente:
f
(i)
Articulo
4:
Son
objetivos
basicos
que
deberan
cumplirse
mediante
la
aplicacion
de
la
presente
Ley
y
de su
Reglamento:
(...)
c)
Fiscalizar_y
supervisar_el__cumplimiento
de
las
_disposiciones
legales_y
reglamentarias,
asi
como
de
las
normas
técnicas
en
relacién
con
la
generacion,
la
transmisi6n,
la_distribucién
y
la
comercializacién
de
electricidad.
En
particular,
verificar
el
cumplimiento
de
la
calidad
y
continuidad
del
suministro,
la
preservacion
del
medio
ambiente,
la_seguridad
de
las
instalaciones
y
otras
condiciones
de
eficiencia_de
los
servicios
que
se
presten
a
los
usuarios,
de
acuerdo
a
las
regulaciones
establecidas;
(...)
d)
Regular
los
precios
de
aquellas
actividades
que
representan
caracter
monopolico,
estableciendo
tarifas
con
criterios
econémicos,
de
eficiencia
y
equidad
a
manera
de
un
mercado
competitivo;
(...)
Pp)
Supervisar
el
funcionamiento
del
Organismo
Coordinador;
(...).”
(ii)
Articulo
24:
Correspondera
a
la
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD:
a)
Elaborar,
hacer
cumplir
y
analizar
sistematicamente
la
estructura
y
niveles
de
precios
de
la
electricidad
y
fijar,
mediante
resolucié6n,
las
tarifas
y
peajes
sujetos
a
regulacion
de
acuerdo
con
las
pautas
y
normas
establecidas
en
la
presente
Ley
y
su
Reglamento;
RESOLUCION
SIE-121-2019-PJ
Pagina
1
de
42
2)
(iii)
(iv)
(vi)
SUPERINTENDENCIA
DCE
ELECTRICIDAD
“Garantia
de
tedos”
b)
Autorizar
0
no
las
modificaciones
de
los
niveles
tarifarios
de
la
electricidad
que
soliciten
las
empresas,
debidas
a
las
formulas
de
indexacion
que
haya
determinado
la
Superintendencia
de
Electricidad;
Articulo
27:
“La
Superintendencia
de
Electricidad
esta
facultada
para_establecer,
modificar
y
complementar
las
normas
técnicas
relacionadas
con
la
calidad
y
seguridad
de
las
instalaciones,
equipos
y
artefactos
eléctricos,
mediante
resoluciones”,
Articulo
30:
“La
Superintendencia
dispondra
las
medidas
que
estime
necesarias
para
la
seguridad
del
publico
y
destinadas
a
resquardar
el
derecho
de
los
concesionarios
y
consumidores
de
electricidad,
pudiendo
requerir
el
auxilio
de
la
fuerza
publica
para
el
cumplimiento
de
sus
resoluciones.”
Articulo
33:
Correspondera
al
Consejo
de
la
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD:
a)
Ejercer
las
atribuciones,
cumplir
y
hacer
cumplir
las
funciones
enunciadas
en
el
capitulo
Ill
de
este
titulo.
El
Consejo
analizara
los
estudios
y
determinara
las
tarifas
de
la
electricidad
sujetas
a
regulacién,
de
conformidad
con
lo
establecido
en
esta
Ley
y
su
Reglamento;
(...)
Articulo
84:
En
/os
casos
de
sistemas
eléctricos
interconectados,
cuya
demanda
sea
superior
a
la
potencia
maxima
definida
en
el
Reglamento
y
que
incluyan
suministros
a
empresas
distribuidoras
de
servicio
publico,los
precios
por
el
uso
de
instalaciones
de
transmision
y
transformaci6n
sujetas
a
concesién
seran
regulados,
y
los
mismos
seran
fijados
por
resolucibn
de
La
Superintendencia,
de
acuerdo
a
las
disposiciones
del
presente
titulo
y
lo
dispuesto
en
el
Reglamento.
(vil)
Articulo
87:
La
anualidad
de
la
inversion
sera
calculada
por
La
Superintendencia
sobre
la
base
del
valor
nuevo
de
reemplazo
de
las
instalaciones
considerando
la
tasa
de
costo
de
oportunidad
del
capital
definida
en
esta
Ley.
El
Reglamento
de
la
presente
Ley
establecera
la
forma
de
determinar
estos
valores.
Dicha
anualidad
y
los
costos
de
operacion
y
mantenimiento
de
las
instalaciones
de
transmision,
asi
como
las
formulas
de_reajustes
correspondientes
_seran
determinadas
cada
cuatro
(4)
afos
por
La
Superintendencia.
(viii)
Articulo
108:
Estaran
sujetas
a
regulacion
las
siguientes
tarifas:
ere)
a)
Tarifas
aplicables
al
uso
de
las
instalaciones
de
transmisién
y
de
distribucién
de
electricidad,
para
el
ejercicio
del
Derecho
de
Uso
en
el
transito
de
energia
que
establece
la
presente
Ley.
(...)
El
REGLAMENTO
DE
APLICACION
DE
LA
LEY
GENERAL
DE
ELECTRICIDAD
No.
125-01
(RLGE),
prevé
lo
siguiente
en
relacién
a
las
funciones
y
atribuciones
de
esta
SUPERINTENDENCIA
DE
ELECTRICIDAD:
RESOLUCION
SIE-121-2019-PJ
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SUPERINTENDENCIR
DE
SLECTRICIORD
“Garantia
de
todos”
(i)
Articulo
3:
Este
Reglamento
busca
promover
la
consecucién
de
los
objetivos
expresados
en
el
Titulo
II
de
la
Ley,
y
que
se
indican
a
continuacion:
(...
)
d)
Regular
los
precios
de
aquellas
actividades
que
representan
caracter
monopélico,
estableciendo
tarifas
con
criterios
econémicos
de
eficiencia
y
equidad
a
manera
de
un
mercado
competitivo;
(...)
(ii)
Articulo
31:
La
SIE
tendra,
en
adicion
a
las
funciones
enunciadas
en
el
Articulo
24
de
la
Ley,
con
caracter
meramente
enunciativo,
las
siguientes
facultades:
(...
)
c)
Establecer,
modificar
y
complementar
las
normas
técnicas
relacionadas
con
la
calidad
y
seguridad
de
las
instalaciones,
equipos
y
artefactos
eléctricos,
mediante
resoluciones;
(...);
1)
Disponer
las_medidas
que
estime
necesarias
para
_la_
seguridad
del
_publico
_y
destinadas
a
_resquardar
el
derecho
de
los
Concesionarios
y
consumidores
de
electricidad,
pudiendo
requerir
el
auxilio
de
la
fuerza
publica
para
el
cumplimiento
de
sus
resoluciones”
q)
Fijar
las
tarifas
por
el
uso
de
instalaciones
de
transmisién
y
distribucién
sujetas
a
concesion;
(...)
s)
Definir
las
instalaciones
que
forman
parte
del
Sistema
de
Transmision,
de
conformidad
con
la
definicién
de
dicho
sistema
establecida
en
el
Articulo
2
de
la
Ley;
calcular
y
fijar
el
costo
total
de
largo
plazo
para
efecto
de
Peaje
de
Transmisi6n.
(rx)
ff)
Analizar
y
hacer
cumplir
sistematicamente
la
estructura
y
niveles
de
precios
de
la
electricidad
y
fijar
mediante
Resolucién,
las
tarifas
y
peajes
sujetos
a
regulacion;
(ii)
Articulo
146: “Las
Obras
Eléctricas
de
Generacion,
Transmisién
y
Distribucién
deberan
ser
puestas
en
servicio
después
que
la
SIE
verifique
el
cumplimiento
de
las
condiciones
de
calidad,
seguridad
y
preservaci6on
del
medio
ambiente,
de
conformidad
a
lo
previsto
por
la
Ley
de
Medio
Ambiente,
para
lo
cual
las
Empresas
Eléctricas
deberan
solicitar
a
la
SIE
con
por
lo
menos
sesenta
(60)
dias
de
anticipacion
a
la
fecha
de
su
puesta
en
servicio,
la
correspondiente
autorizacion.
Parrafo:
La
SIE
expediraé
mediante
Resolucién_
los
cédigos
de
conexion,
rocedimientos,
especificaciones
y
normas
técnicas
que
deberan
seguir
las
Empresas
Eléctricas
para
la
instalacién
y
puesta
en
servicio
de
Obras
Eléctricas
en
el
SENI
y
en
Sistemas
Aislados”
ll.
ANTECEDENTES:
1)
En
fecha
03/10/2016,
el
PopER
EJECUTIvo
de
la
REPUBLICA
DOMINICANA,
emitio
el
DECRETO
NO.
258-16,
el
cual
dispone
lo
siguiente:
RESOLUCION
SIE-121-2019-PJ
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