Resolución No. 001-04 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2004

Número de radicado001-04
Año2004
Fecha de publicación22 Enero 2004
EmisorConsejo Directivo
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCION No. 001-04
QUE APRUEBA DE MANERA DEFINITIVA EL “PLAN BIANUAL DE
PROYECTOS” 2003-2005.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones, a través del Consejo
Directivo y de conformidad con las disposiciones combinadas de los artículos
78 y 84 de la Ley General de Telecomunicaciones No. 153-98, ha dictado la
siguiente RESOLUCION:
CONSIDERANDO: Que el artículo 3 de la Ley General de Telecomunicaciones
No. 153-98, establece entre sus objetivos esenciales el de reafirmar el principio
de Servicio Universal, a través de:
i) La garantía, en las áreas rurales y urbanas de bajos ingresos, de la
posibilidad de acceso un servicio mínimo y eficaz de telefonía, a
precios asequibles, mediante el libre funcionamiento de los
mercados y la utilización de los mecanismos previstos por esta Ley;
ii) La satisfacción de la demanda de servicios públicos de
telecomunicaciones en condiciones de libre competencia,
asegurando la continuidad, generalidad, igualdad y neutralidad de
dichos servicios; y
iii) El libre acceso a las redes y servicios públicos de
telecomunicaciones en condiciones de transparencia y de no
discriminación por parte de los prestadores y usuarios de servicios de
telecomunicaciones, los generadores y receptores de información y
los proveedores y usuarios de servicios de información.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 43 de la referida Ley, el
Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), formulará,
bianualmente, un plan de proyectos que serán financiados a través del Fondo
de Desarrollo de las Telecomunicaciones, los que se denominarán “Proyectos
de Desarrollo”.
CONSIDERANDO: Que los fondos para el financiamiento de los proyectos de
desarrollo, provienen mayormente de la Contribución al Desarrollo de las
Telecomunicaciones (CDT), de conformidad con lo estipulado en los artículos
45 y 46 de la citada Ley.
CONSIDERANDO: Que una vez adjudicado cada proyecto, el Instituto
Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) dará seguimiento a la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR