Resolución No. 001-19 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2019

Número de radicado001-19
Año2019
Fecha de publicación23 Enero 2019
EmisorConsejo Directivo
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. 001-19
RESOLUCIÓN QUE HOMOLOGA EL ACUERDO CON CLARO DOMINICANA PARA
ASUMIR PARTE DE LOS COMPROMISOS DE LA CONCESIONARIA WIND
TELECOM, S. A. HOMOLOGADOS MEDIANTE RESOLUCIÓN DEL CONSEJO
DIRECTIVO NO. 101-18;
Con motivo del “Acuerdo entre el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones
(INDOTEL) y la Compañía Dominicana de Teléfonos, S. A. (CLARO) para
modernización infraestructura de telecomunicaciones de la región sur” firmado por el
Director Ejecutivo interino en fecha 18 de enero de 2019, por órgano de su Consejo
Directivo y de conformidad con las disposiciones de la Ley General de
Telecomunicaciones, No. 153-98, de fecha 27 de mayo de 1998, publicada en la
Gaceta Oficial No. 9983, reunido válidamente previa convocatoria, dicta la siguiente
RESOLUCIÓN:
Antecedentes.
1. El fecha 11 de septiembre de 2018, las concesionarias WIND TELECOM, S. A.,
y la COMPAÑÍA DOMINICANA DE TELÉFONOS, S. A. (CLARO), de forma
conjunta, por vía de la correspondencia marcada con el No. 183087,
presentaron por ante el INDOTEL una solicitud de autorización para la
transferencia de los derechos de uso de los segmento de frecuencias 2,500-
2,520 MHz pareadas con 2,620-2,640 MHz y 2,520-2,540 MHz pareadas con
2,640-2,660 MHz; que representan una cantidad total de 80 MHz (40+40 MHz);
2. La Dirección Ejecutiva del INDOTEL, en razón de las evaluaciones realizadas en
fecha 16 de octubre de 2018, requirió a las solicitantes esclarecer “los servicios
que CLARO, en su calidad de propuesta adquiriente pretende ofrecer en dichos
segmentos”; conforme a lo establecido en el Plan Nacional de Atribución de
Frecuencias (PNAF) vigente al momento del otorgamiento de los títulos
habilitantes correspondientes;
3. En fecha 26 de noviembre de 2018, WIND TELECOM, S. A., acogiéndose a los
criterios establecidos en la Resolución No. 057-11 emitida por el Consejo
Directivo del INDOTEL en fecha 30 de junio de 2011, a través de la
correspondencia No. 185735, solicitó la fijación de términos y condiciones para
la conservación de la asignación otorgada;

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