Resolución No. DE-010-18 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2019

Número de radicado010-18
Año2019
Fecha de publicación19 Abril 2019
EmisorDirección Ejecutiva
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. DE-010-18
QUE INSCRIBE A LA SOCIEDAD DATAUNI COMUNICACIONES, S. R. L., EN EL REGISTRO
ESPECIAL QUE MANTIENE EL INDOTEL PARA LA REVENTA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE
TELECOMUNICACIONES.
Con motivo de la solicitud de Inscripción en Registro Especial promovida ante el INDOTEL por la
sociedad DATAUNI COMUNICACIONES, S. R. L., a los fines de revender el servicio público de
acceso a internet, el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de
su Directora Ejecutiva, en el ejercicio de las facultades legales conferidas por la Ley General de
Telecomunicaciones No. 153-98, de fecha 27 de mayo de 1998, publicada en la Gaceta Oficial No.
9983, dicta la siguiente RESOLUCIÓN:
Antecedentes.-
1. En fecha 28 de noviembre de 2013, mediante correspondencia marcada con el número
121872, la sociedad DATAUNI COMUNICACIONES, S. R. L., solicitó al INDOTEL su
Inscripción en el Registro Especial para revender el servicio público de acceso a internet;
2. Luego de realizadas las evaluaciones y comprobaciones correspondientes y en base los
resultados de las mismas, la solicitante haber depositado documentación completiva y
adicional a la presentada junto a su solicitud, el Departamento de Análisis Técnico de la
Gerencia Técnica del INDOTEL, mediante informe No. GT-I-000624-17 de fecha 24 de agosto
de 2017, concluyó señalando que la solicitud presentada por la sociedad DATAUNI
COMUNICACIONES,S.R.L., ha dado cumplimiento a los requisitos técnicos dispuestos por
la reglamentación para su Inscripción en el Registro Especial que guarda el INDOTEL para
la reventa de servicios públicos de telecomunicaciones;
3. De igual forma, en fecha 18 de septiembre de 2017, el Departamento de Autorizaciones,
mediante informe No. DA-I-0000157-17, concluyó indicando lo siguiente: “la solicitud
presentada por la sociedad DATAUNI COMUNICACIONES, S. R. L. en fecha 28 de
noviembre de 2013, a los fines de que el INDOTEL proceda a inscribirla en el registro especial
que guarda éste órgano regulador para la reventa de servicios públicos de
telecomunicaciones, se encuentra completa, sin embargo, entendemos prudente se
comunique a la sociedad en cuestión, previo a la emisión de la correspondiente inscripción la
necesidad de que esta esclarezca ante el órgano regulador de manera específica la
prestadora titular de los servicios que solicita revender.”;
4. En ese sentido y previa comunicación No. DE-0004289-17 de fecha 8 de enero de 2018
remitida por el INDOTEL, la solicitante mediante correspondencia identificada con el número
173885 depositada en fecha 9 de enero de 2018, notificó que la prestadora TRILOGY
DOMINICANA, S.A. (VIVA) era la titular de los servicios que solicita autorización para
revender;
5. En tal virtud, en fecha 5 de marzo de 2018, el Director Técnico del INDOTEL, remitió a la
Dirección Ejecutiva, mediante memorando No. GT-M-000081-17, la solicitud de DATAUNI
COMUNICACIONES, S. R. L.; recomendando en tal virtud, la Inscripción de dicha sociedad
en el Registro Especial que guarda este órgano regulador para la reventa de servicios
públicos de telecomunicaciones, por considerar que la solicitud interpuesta por esta, cumple
con los requisitos que establece el artículo 30 del Reglamento de Concesiones, Inscripciones
en Registros Especiales y Licencias para prestar Servicios de Telecomunicaciones en la

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