Resolución No. 010-2024 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2024

Año2024
Número de radicado010-2024
Fecha de publicación05 Febrero 2024
EmisorConsejo Directivo
CONSEJO DIRECTIVO DEL
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN NÚM. 010-2024
QUE APRUEBA EL PLAN OPERATIVO ANUAL, LOS REQUERIMIENTOS
INSTITUCIONALES Y EL PRESUPUESTO DE INGRESOS, GASTOS E INVERSIÓN DEL
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) Y DEL FONDO
DE DESARROLLO DE LAS TELECOMUNICACIONES (FDT), CORRESPONDIENTE AL
EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2024.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su
Consejo Directivo, en ejercicio de las atribuciones legales y reglamentarias conferidas por
la Ley General de Telecomunicaciones, Núm. 153-98, publicada en la Gaceta Oficial Núm.
9983, reunido válidamente previa convocatoria, dicta la presente RESOLUCIÓN:
Con motivo de la aprobación del Plan Operativo Anual, los Requerimientos
Institucionales y el Presupuesto de Ingresos, Gastos e Inversión del INDOTEL y el Fondo
de Desarrollo de las Telecomunicaciones, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2024:
Para una comprensión más clara del presente acto administrativo, se ha organizado su
contenido de la manera siguiente:
Índice Temático
I. Antecedentes .............................................................................................................. 1
II. Consideraciones de Derecho ......................................................................................... 2
A. Del ejercicio fiscal del año 2023 ........................................................................... 3
B. De los ingresos en el presupuesto del año 2023 ................................................. 4
C. Ingresos de Capital Proyectos de Inversión 2023 ................................................ 5
D. De los gastos en el presupuesto del año 2024 .................................................... 5
E. De las inversiones en el presupuesto 2024 ......................................................... 6
III. Parte Dispositiva………………………………………………………………………8
I. Antecedentes
1. La Constitución dominicana establece en su artículo 147, numeral 3, que “La regulación
de los servicios públicos es facultad exclusiva del Estado. La ley podrá establecer que la
regulación de estos servicios y de otras actividades económicas se encuentre a cargo de
organismos creados para tales fines”; labor que en materia de telecomunicaciones ha sido
atribuida por la Ley General de Telecomunicaciones núm. 153-98 (en lo adelante “Ley núm.
153-98” o por su denominación completa) al INDOTEL, entidad descentralizada con
autonomía funcional, jurisdiccional y financiera, patrimonio propio y personalidad jurídica.
2. La indicada Ley dispone en su artículo 102 que “El órgano regulador se financiará
mediante los siguientes recursos económicos: a) El porcentaje establecido que le
corresponda de la CDT; b) El derecho por uso del dominio público del espectro

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