Resolución No. 014-15 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2015

Número de radicado014-15
Fecha de publicación17 Junio 2015
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. 014-15
QUE AUTORIZA A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PARA OPERAR
COMO UNIDAD DE REGISTRO DE CONFORMIDAD A LA LEY NO. 126-02, SOBRE
COMERCIO ELECTRÓNICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su Consejo
Directivo, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley General de Telecomunicaciones,
No. 153-98, por la Ley de Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales, No. 126-02 y
por el Decreto No. 335-03, que aprueba el Reglamento de Aplicación de esta última, reunido
válidamente previa convocatoria, dicta la presente RESOLUCIÓN:
Con motivo de la solicitud de autorización para convertirse en Unidad de Registro de la
PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA en la República Dominicana.
Antecedentes.-
1. En fecha 20 de agosto de 2012, la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA por
intermedio de la Entidad de Certificación AVANSI, S.R.L., solicitó a este órgano regulador la
debida autorización para convertirse en Unidad de Registro de acuerdo a la Ley No. 126-02,
sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales, para poder prestar los dichos
servicios en la República Dominicana.
2. Dicha solicitud vino acompañada por el formulario de “Solicitud de Autorización para
conformar Unidad de Registro”, y sus anexos, como el Manual Operativo sobre Normas y
Procedimientos de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, y la Política de
Certificación de persona física con vínculo institucional.
3. En fecha 16 de junio de 2014, el personal responsable del INDOTEL, realizó la
correspondiente auditoría a las instalaciones de la PGR, en la cual se evaluaron los
requerimientos establecidos por la Ley No. 126-02, sobre Comercio Electrónico, Documentos y
Firmas Digitales, su Reglamento de Aplicación y sus Normas Complementarias y cuyos
resultados reflejan lo que se indica a continuación:
De acuerdo con los resultados de esta auditoría y luego de examinar las
documentaciones y procedimientos llevado por la Procuraduría General de la
República, se pudo constatar e inspeccionar la adecuación de los procesos de
validación de la identidad de los solicitantes de Certificados Digitales, renovación,
revocación, suspensión, el correcto estado del espacio físico donde se llevaran las
actividades de generación de certificados, y ciclo de vida.
En conclusión, este proceso refleja que la PGR ha cumplido los requerimientos de
la presente auditoría, ya que la misma cuenta con una plataforma tecnológica
adecuada de registro y a la vez gestión de certificados digitales, cumpliendo a
cabalidad así con lo estipulado en la Ley 126-02, sobre Comercio Electrónico,
Documentos y Firmas Digitales, su Reglamento de Aplicación y sus Normas
Complementarias, por lo que recomendamos el otorgamiento de la Autorización

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