Resolución No. 015-14 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2014

Número de radicado015-14
Año2014
Fecha de publicación03 Abril 2014
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. 015-14
RESOLUCIÓN QUE DECIDE LA OPOSICIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO SUPERCANAL
A LA LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL INDOTEL/LPI-003-2011, APROBADA
MEDIANTE RESOLUCIÓN NO. 109-11, DICTADA POR EL CONSEJO DIRECTIVO DE ESTE
ÓRGANO REGULADOR.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su Consejo
Directivo, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley General de Telecomunicaciones,
No. 153-98, del 27 de mayo 1998, publicada en la Gaceta Oficial No. 9983, reunido válidamente
previa convocatoria, dicta la presente RESOLUCIÓN:
Con motivo de la “Oposición formal a licitación pública internacional”, presentada por el
GRUPO SUPERCANAL y la concesionaria SUPERCANAL S. A., CANAL 33 UHF, en contra de
la Licitación Pública Internacional INDOTEL/LPI-003-2011 iniciada mediante resolución No. 109-
11, con fecha 17 de octubre de 2011.
Antecedentes.-
1. Mediante decreto No. 520-11, de 25 de agosto de 2011, dictado por el Poder Ejecutivo, fue
aprobado el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF), el cual modificó la atribución del
segmento de frecuencias 1710-1755 MHz y 2110-2155 MHz, designándolos a usarse de manera
pareada para servicios móviles, eliminando la antigua atribución de la banda de 2100-2300 MHz
a servicio fijo para enlaces de mediana capacidad (antiguo DOM 48, Decreto 518-02);
2. El 17 de octubre de 2011, el Consejo Directivo del INDOTEL dictó la resolución No. 109-11
Que aprueba el pliego de condiciones, designa el comité evaluador y convoca a la licitación
pública internacional INDOTEL/LPI-003-2011, “otorgamiento de las concesiones y licencias
vinculadas para la prestación de servicios públicos finales de telecomunicaciones, a través de la
explotación de frecuencias radioeléctricas en las bandas 941-960 MHz y 1710-1755 MHz / 2110-
2155 MHz en todo el territorio nacional, dando inicio formal a ese proceso al establecer en su
parte dispositiva lo siguiente:
PRIMERO: APROBAR, en todas sus partes, el texto del Pliego de Condiciones de la
Licitación Pública Internacional INDOTEL-LPI-003-2011, “OTORGAMIENTO DE LAS
CONCESIONES Y LICENCIAS VINCULADAS REQUERIDAS PARA LA PRESTACIÓN
DE SERVICIOS PÚBLICOS FINALES DE TELECOMUNICACIONES, A TRAVÉS DE LA
EXPLOTACIÓN DE FRECUENCIAS RADIOELÉCTRICAS EN LAS BANDAS 941-960
MHz Y 1710-1755 MHz / 2110-2155 MHz, EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL”, el
cual se encuentra anexo a la presente resolución, formando parte integral de la misma.
SEGUNDO: DESIGNAR como miembros del Comité Evaluador para el proceso de la
Licitación Pública Internacional INDOTEL-LPI-003-2011 al consejero Leonel Melo
Guerrero quien lo presidirá, y a los señores Luis Scheker, Rafael Sánchez, Carlos
Cepeda y Patricia Mena Sturla, quienes tendrán la función de recibir, evaluar y contestar
preguntas, preparar las circulares y enmiendas que sean necesarias, asesorar, analizar
las ofertas, evaluar los datos, documentos e informaciones y confeccionar los documentos
que contengan los resultados y sirvan de sustento para las decisiones de adjudicación que
deba adoptar este Consejo Directivo. Asimismo, este Consejo Directivo decide
DESIGNAR, como observadores activos del proceso, al señor Javier Cabreja, Director

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