Resolución No. DE-019-17 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2017

Número de radicado019-17
Año2017
Fecha de publicación18 Mayo 2017
EmisorDirección Ejecutiva
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INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. DE-019-17
QUE DISPONE LA CLAUSURA PROVISIONAL Y LA INCAUTACION PROVISIONAL DE LOS
EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES, DE LA ESTACIÓN QUE OPERA DE MANERA ILEGAL LA
FRECUENCIA 87.9 MHz EN EL MUNICIPIO DE MAIMON, PROVINCIA MONSEÑOR NOUEL.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su Directora
Ejecutiva, en el ejercicio de las facultades legales y reglamentarias conferidas por la Ley Ge neral de
Telecomunicaciones, No. 153-98, con fecha 27 de mayo de 1998, previa encomienda del Consejo
Directivo, ha dictado la siguiente RESOLUCIÓN:
Con motivo de la operación ilegal de una estación de radiodifusión sonora que transmite desde la
frecuencia 87.9 MHz, en el Municipio Maimón, Provincia Monseñor Nouel, conforme los resultados e
informes de monitoreo realizado s en la banda del espectro radioeléctrico correspondiente al servicio de
radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM ), realizado por funcionarios de los Departame ntos de
Inspección y Monitoreo de la Ge rencia Técnica del INDOTEL.
Antecedentes. -
1. El día 30 de agosto de 2016, el Sr. José A. Aquino, en su calidad de Presidente de la
concesionaria que opera bajo el nombre comercial LATINA 88 FM, pres entó ante el INDOTEL
la comunicación m arcada con el número 155932, mediante la cual denuncia la existencia de
emisoras que transmiten de manera ilegal en la Provincia Monseñor Nouel, República
Dominicana.
2. El día 12 de mayo de 2017, los fu ncionarios de los Departamentos de Inspección y Monitoreo
de la Gerencia Técnica del INDOTEL realizaron una inspección y monitoreo del espectro
radioeléctrico, en el rango de frecuencias destinadas al servicio de radiodifusión sonora en
frecuencia modulada (FM), en el Municipio de Maimón, Provincia Monseñor Nouel, República
Dominicana;
3. En esta misma fecha, el Departamento de Monitoreo emitió el Reporte de Comprobación
Técnica MER-I -000096-17, conforme el cual lo s inspectores actuantes concluyen de la
siguiente manera: “Del presente mon itoreo de la banda de FM en las comunidades de Maimón,
Juma-Bejucal y la ciudad de Bonao, Provincia Monseñor Nouel, re comprobamos: que en
Maimón aún continúan en transmisión ilegal las frecuencias 87.9 MHz y 88.3 MHz. La antena
de transmisión de la frecuencia 87.9 MHz se localiza en la calle Arzobispo Meriño, sobre la
azotea del edificio donde se ubica el Laboratorio Clínico Dra. Mirna Peña, próximo a la
coordenada N18 54’ 27” 70 16’ 38”W. Y la antena de transmisión de la frecuencia 88.3 MHz se
localiza en la calle Sánchez, esquina c/Mella, sobre la azotea del edificio donde se ubica
Multimuebles R y S, próximo a la coordenada N18 54’ 21” 70 16’ 34”W”.
4. En fecha 15 de mayo de 2015, la Gerencia Técnica rem ite a la Dirección Ejecutiva vía
Consultoría Jurídica, el informe de Monitoreo No. MER-I-000096-17, de fecha 12 de mayo de
2017, recomendando que se proceda con el cierre de la estación que está operando de forma
ilegal la frecuencia 87.9 MHz, en el municipio de Maimón , Provincia Monseñor Nouel.

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