Resolución No. 020-17 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2017

Número de radicado020-17
Año2017
Fecha de publicación27 Marzo 2017
EmisorConsejo Directivo
1"
"
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. 020-17
QUE DISPONE EL INICIO DEL PROCESO DE CONSULTA PÚBLICA PARA MODIFICAR “EL
REGLAMENTO SOBRE LA RECAUDACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN AL DESARROLLO DE LAS
TELECOMUNICACIONES (CDT)”.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su Consejo
Directivo, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley General de Telecomunicaciones, No.
153-98, publicada en la Gaceta Oficial No. 9983, reunido válidamente previa convocatoria, dicta la
siguiente RESOLUCIÓN:
Con motivo del inicio del proceso de consulta pública para la modificación del Reglamento sobre la
recaudación de la Contribución al Desarrollo de las Telecomunicaciones (CDT);
Antecedentes.
1. En fecha 4
de
junio de 200 4,
el
Consejo
Directivo
del
INDOTEL dictó
la
Resoluci ón
No.
086-
04,
que
aprobó
el Reglamento sobre la Recaudación de la Contribución al Desarrollo de las
Telecomunicaciones (CDT);
2.
En fecha 2 de diciembre de 2004, mediante la resolución del Consejo Directivo No. 180-04, se
modificaron los artículos 12 y 17 del Reglamento sobre
la recaudació n de la Contribución al
Desarrollo de las Telecomunicaciones (CDT), aprobado mediante la Resolución No. 086-04, emitida
por el Consejo Directivo en fecha 4 de junio de 2004;
3. Uno de los aspectos que motivan a este órgano colegiado a la realización de esta nueva
actualización del citado Reglamento, lo constituye el hecho de incluir disposiciones que permitan
garantizar de manera efectiva el cumplimiento de su contenido, creando un mecanismo de gestión de
recaudación por concepto de Contribución al Desarrollo de las Telecomunicaciones (CDT) más eficaz,
así como la mejora e inclusión de otros aspectos no tomados en consideración en los instrumentos
legales precedentemente citados;
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DOMINICANO DE LAS
TELECOMUNICACIONES (INDOTEL), DESPUÉS DE HABER
ESTUDIADO Y DELIBERADO SOBRE EL CASO:
CONSIDERANDO:
Que
la
Ley
General
de
Telecomunicaciones ,
No.
153-98,
constituye
el
marco
regulato rio
básico
aplicable
en
todo
el
territorio
naciona l
para
la
instalación,
mantenimiento,
operaciones
de
redes,
prestación
de
servicios
y
la
provisió n
de
equipos
de
telecomunicaciones;
estatuto
legal
que
es
complementad o
con
los
reglamentos
que
dicte
el
INDOTEL
al
respecto;
CONSIDERANDO: Que la citada Ley tiene, entre sus objetivos de interés público y social, promover la
prestación de servicios públicos de telecomunicaciones con ca racterísticas de calidad y prec io que
contribuyan al desarrollo de las actividades productivas y de servicios, en condiciones de
competitividad internacional;
CONSIDERANDO:
Que
los
objetivos
anteriores
se
complem entan
con
las
funciones
del
órgano

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