Resolución No. DE-023-01 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2001

Número de radicado023-01
Año2001
Fecha de publicación18 Abril 2001
EmisorDirección Ejecutiva
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN DE-023-01
Que dispone la clausura de la estación radiodifusora denominada Radio
Ámbar, ubicada en la frecuencia 1080 Khz, que opera ilegalmente en la
ciudad de Santo Domingo.
RESULTA: Que mediante comunicación de fecha 14 de marzo del año 2001, la
empresa Radio Programas Quisqueya (RPQ), representada por su Presidente, el
señor Víctor Fourment Uribe, denunció ante el INDOTEL las interferencias sufridas
en la frecuencia 1080 Khz, por una señal identificada como Radio Ámbar, dirigida
por el Sr. Pablo Juan Veras, argumentando que la misma le provoca grandes
inconvenientes con su audiencia y pérdidas económicas cuantiosas;
RESULTA: Que, por su parte, mediante comunicación de fecha 15 de marzo del
año 2001, el señor Pablo Juan Veras, en su calidad de presidente de Radio
Ámbar, C. por A., informó al INDOTEL que es signatario de un contrato de
participación de fecha 10 de abril de 1990, con la persona a nombre de quien está
la Licencia de Operación No. 602, de diciembre de 1990;
RESULTA: Que amparándose en la suscripción de dicho contrato, el señor Pablo
Juan Veras solicitó al INDOTEL en esa comunicación, “tomar las medidas de
lugar para hacer cesar las transmisiones que de manera ilegal se están
haciendo en la frecuencia 1080 Khz”;
RESULTA: Que mediante comunicación de fecha 26 de marzo del año 2001, el
señor Pablo Juan Veras, en su calidad de presidente de Radio Ámbar, C. por A.,
reiteró su denuncia presentada en fecha 15 de marzo del 2001, informando que
las interferencias producidas en el espectro radioeléctrico le hacían daño de
manera directa a su gestión al frente de la estación Radio Ámbar, C. por A.;
RESULTA: Que anexo a dicha comunicación de fecha 26 de marzo del 2001, el
señor Pablo Juan Veras depositó ante el INDOTEL una certificación de la Cámara
Civil y Comercial de la Corte de Apelación de Santo Domingo, en la que informa
que dicho tribunal se encuentra apoderado de un recurso de apelación interpuesto
por el Sr. Pablo Juan Veras, contra la sentencia No. 2221/97, de fecha 1 de julio
del 1999, dictada por la Tercera Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Nacional, a favor de Víctor Manuel Fourment Uribe, recurso
éste que se encuentra pendiente de fallo;

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