Resolución NO-DE-023-09 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2009

Número de radicado023-09
Año2009
Fecha de publicación05 Marzo 2009
EmisorDirección Ejecutiva
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. DE-023-09
QUE DECIDE SOBRE LA SOLICITUD DE CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
PRESENTADA AL INDOTEL POR LA CONCESIONARIA TRICOM, S. A., SOBRE LA
PROYECCION DE COSTOS DE ADECUACIÓN DE REDES Y SISTEMAS PARA LA
IMPLEMENTACION DE LA PORTABILIDAD NUMERICA EN LA REPUBLICA DOMINICANA.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su Directora
Ejecutiva, en el ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias conferidas por la Ley
General de Telecomunicaciones No. 153-98, de fecha 27 de mayo de 1998, de fecha 27 de
mayo de 1998, publicada en la Gaceta Oficial No. 9983, actuando previa encomienda del
Consejo Direct ivo, dicta la sigu iente RESOLUCION:
Con motivo de la sol icitud de tratamiento co nfidencial de las inform aciones sum inistradas po r la
concesionaria TRICOM, S.A., relativas a la proyección de costos de adecuación de redes y
sistemas para la implementación de la portabilidad numérica en la Republica Dominicana.
Antecedentes.-
1. El trece (13) de enero de dos mil cinco (2005), el Consejo Dire ctivo de l INDOTEL apro bó la
Resolución No. 003-05, que co ntiene la no rma que re gula el proc edimiento de calificación y
trato a ser otorgado p or el INDOTEL a la información confidencial p resentada po r las empresas
de servicios públic os de telecomu nicaciones;
2. Median te su Resolución No. 026-08 de fecha 28 de febrero de 2008, este C onsejo Directivo
otorgó, en su Ordin al Cuarto literal d), un plazo de S eis (6) m eses, a partir de la notifica ción de
la referida Resolución, para que las concesionarias de servicios públicos de telefonía fija y
móvil sometieran al INDOTEL un inventario auditado de gastos de inversión en capital fijo en
los cuales dicha prestadora haya incurrido para la puesta en funcionamiento del proceso de
portabilidad numérica, información ésta que será utilizada por este Consejo Directivo como
insumo para determinar el monto único a pagar por cada usuario al momento de la entrada en
vigencia del sis tema de portab ilidad;
3. El dos (2) de di ciembre de dos mil oc ho (20 08), la con cesionaria TRICOM, S. A., mediante
comunicación suscrita por su Vicepreside nta de Relaciones Ins titucionales, la señora Desirée
Logroño, le remitió al INDOTEL, los costos de adecuación de red en los cuales incurrir ía
TRICOM, S. A., con el objetivo de hacer operativa la portabilidad numérica, en concordancia
con las especifica ciones té cnicas de red y admi nistrativas; y en la que además, le comunica al
órgano regulador su decisión de acogerse a las disposiciones contenidas en el artículo 8,
literalesa) y “c)” de la Reso lución No. 003-05, para que la inform ación sumi nistrada ad junta a
la precitada comunicación , fuera catal ogada y trat ada como c onfidencial, po r un período de dos
(2) años;
LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO DOMINICANO DE LAS
TELECOMUNICACIONES (INDOTEL), DESPUÉS DE HABER
ESTUDIADO Y DELIBERADO SOBRE EL CASO:

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