Resolución No. 023-10 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2010
| Número de radicado | 023-10 |
| Año | 2010 |
| Fecha de publicación | 02 Marzo 2010 |
| Emisor | Consejo Directivo |
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. 023-10
QUE MODIFICA LAS RESOLUCIONES NO. 017-01 Y NO. 040-03 DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL
INDOTEL Y APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DEL FONDO DE DESARROLLO DE LAS
TELECOMUNICACIONES (FDT).
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su Consejo
Directivo, en ejercicio de las facultades legales que le confiere la Ley General de Telecomunicaciones,
No. 153-98, de fecha 27 de mayo de 1998, publicada en la Gaceta Oficial No. 9983, reunido
válidamente previa convocatoria, dicta la siguiente RESOLUCIÓN:
Con motivo del inicio de proceso de consulta pública para modificar el Reglamento del Fondo de
Desarrollo de las Telecomunicaciones, aprobado mediante la Resolución No. 017-01 del Consejo
Directivo del INDOTEL y modificado por Resolución No. 040-03 del mismo órgano.
Antecedentes.
1. El día 23 de marzo del año 2001, el Consejo Directivo del INDOTEL, dicto la Resolución No. 017-01
mediante la cual aprobó el Reglamento del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones.
2. Posteriormente, el día 17 de marzo del año 2003, mediante Resolución No. 40-03, el Consejo
Directivo del INDOTELaprobóde manera definitiva la modificación de los artículos 1, 11, 12, 13 y 14
delmencionado Reglamento del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones.
3. En fecha 5 de agosto de 2004, fue suscrito el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos de
América y los países de Centroamérica (DR-CAFTA, por sus siglas en inglés), el cual fue ratificado por
el Congreso de la República a través de la Resolución No. 357-05, de fecha9 de septiembre de 2005.
4. El 18 de agosto de 2006, fuepromulgada la Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de
Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, la cual fue modificada por la Ley No. 449-06, de fecha 6 de
diciembre de 2006.
5. En el mes de mayo de 2009, el INDOTEL elaboró una Agenda Regulatoria, en la cual se dispuso el
análisis de 13 temas regulatorios por parte de un equipo multidisciplinario de empleados y coordinados
por consultores internacionales. Dentro de la referida Agenda Regulatoria, se encuentra contemplada
la modificación del Reglamento del Fondo deDesarrollo de las Telecomunicaciones y de la Política
Social sobre el Servicio Universal.
6. En fecha 28 de agosto de 2009, fue entregado al Consejo Directivo del INDOTEL el resultado de los
trabajos relativos al borrador contentivo de las modificaciones del Reglamento del Fondo de Desarrollo
de las Telecomunicaciones y de la Política Social sobre el Servicio Universal, para su análisis y
ponderación.
7. En fecha 21 de de septiembre de2009, el Consejo Directivo del INDOTELmediante la Resolución
No. 104-09, ordenó el inicio del proceso de consulta pública para la modificación del Reglamento del
Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, aprobado mediante la Resolución No. 017-01 y
modificado por Resolución No. 040-03, cuyo dispositivo reza textualmente:
2
“PRIMERO: ORDENAR el inicio del proceso de consulta pública para modificar la Resolución del
Consejo Directivo No. 017-01, con fecha 23 de marzo de 2001, que aprueba el Reglamento del
Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones (FDT) y su posterior modificación realizada
mediante la Resolución No. 40-03 de fecha 17 de marzo del año 2003, cuyo proyecto de
modificación se encuentra anexo a la presente resolución, formando parte integral de la misma.
SEGUNDO: ORDENAR a la Directora Ejecutiva la publicación de esta Resolución y la propuesta
de Reglamento, en un periódico de amplia circulación nacional, y que el proyecto indicado en el
ordinal “Primero” que precede, esté a disposición del público, inmediatamente y a partir de la
publicación de la presente Resolución, en las oficinas del Instituto Dominicano de las
Telecomunicaciones (INDOTEL), ubicadas en la primera planta del Edificio Osiris, situado en la
Ave. Abraham Lincoln No. 962, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional,
así como en la página web que mantiene esta institución enla red de Internet, en la dirección
www.indotel.gob.do.
TERCERO: DISPONER un plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de
la publicación de la presente Resolución en un periódico de amplia circulación nacional, para que
los interesados presenten las observaciones y comentarios que estimen convenientes a la
propuesta del Reglamento del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones que conforma el
anexo de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley General de
Telecomunicaciones No. 153-98.
PARRAFO I: Los comentarios y las observaciones a los que hace referencia el presente artículo
deberán ser depositados en formato físico y en formato electrónico, redactados en idioma español,
dentro del plazo anteriormente establecido, en un (1) original y cinco (5) copias, dirigidos al
Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), cuyas oficinas están ubicadas en el
Edificio Osiris, marcado con el número 962 de la Avenida Abraham Lincoln de esta ciudad de
Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, de lunes a
viernes, en horario de 8:30 A.M. a 5:00 P.M.
PARRAFO II: Vencido el plazo de treinta (30) días establecido en este ordinal Tercero, no se
recibirán más observaciones y no se concederán prórrogas.”
8. En fecha 8 de enero de 2010, fue publicada en el periódico “Hoy”, la precitada Resolución No. 104-
09, al mismo tiempo que de acuerdo con el Ordinal Tercero de la misma, se les concedía a los
interesados un plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la publicación de la misma,
para presentar las observaciones, comentarios o sugerencias que estimaran pertinentes sobre dicha
norma.
9. Una vez vencido fue agotado el plazo concedido a los interesados mediante la citada Resolución, no
fueron recibidas observaciones, comentarios o sugerencias sobre el referido reglamentoen el
INDOTEL.
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DOMINICANO DE LAS
TELECOMUNICACIONES (INDOTEL), DESPUÉS DE HABER
ESTUDIADO Y DELIBERADO SOBRE EL CASO:
CONSIDERANDO: Que la Ley General de Telecomunicaciones, No.153-98, constituye el marco
regulatorio básico que se ha de aplicar en todo el territorio nacional para regular la instalación,
mantenimiento, operaciones de redes, prestación de servicios yla provisión de equipos de
telecomunicaciones; estatuto legal que será complementado con los reglamentos que dicte el
INDOTEL al respecto;
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