Resolución NO. 023-2021 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2021

Año2021
Número de radicado023-2021
Fecha de publicación08 Abril 2021
EmisorConsejo Directivo
CONSEJO DIRECTIVO DEL
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN NÚM. 023-2021
QUE DECIDE SOBRE LA CONTROVERSIA EXISTENTE ENTRE LAS CONCESIONARIAS DE
SERVICIOS PÚBLICOS DE TELECOMINICACIONES WHITE TELECOM S.R.L., Y ALTICE
DOMINICANA S.A., EN VIRTUD DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE
CIRCUITOS Y/O FACILIDADES ESPECIALES SUSCRITO ENTRE LAS PARTES.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su Consejo
Directivo, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley General de Telecomunicaciones,
núm. 153-98, reunido válidamente previa convocatoria, dicta la siguiente RESOLUCIÓN:
Con motivo de la solicitud de intervención presentada por WHITE TELECOM S.R.L., (WHITE
TELECOM) contra ALTICE DOMINICANA, S. A. (ALTICE) en virtud de la ejecución del Contrato
de Servicios de Circuitos y/o Facilidades Especiales, suscrito entre las partes, depositada en
fecha cuatro (4) del mes de septiembre del año dos mil veinte (2020).
Para una comprensión más clara del presente acto administrativo, se ha organizado su contenido
de la manera siguiente:
Índice temático
I. Antecedentes ....................................................................................................................................... 1
II. Objeto ................................................................................................................................................... 10
IV. Argumentos de las partes que integran la Controversia ....................................................... 12
IV.1. Argumentos de WHITE TELECOM: .......................................................................................... 12
IV. 2. Argumentos de ALTICE: ............................................................................................................ 13
IV. 3. Consideraciones del Consejo Directivo: ............................................................................... 15
V. Textos Revisados ............................................................................................................................. 16
VI. Parte Dispositiva ............................................................................................................................... 17
I. Antecedentes
1. En fecha 4 de septiembre de 2020 mediante la correspondencia núm. 206236 el Lic. Jorge
Mateo en calidad de representante legal de la empresa WHITE TELECOM, S. R. L., (WHITE
TELECOM) solicitó la intervención del INDOTEL para la solución de la controversia existente con
ALTICE DOMINICANA, S.A. (ALTICE), el petitorio de la indicada solicitud se transcribe a
continuación:
De manera previa y como medida de instrucción:
PRIMERO (1º): ORDENAR, en ejercicio de su potestad inspectora, la realización
de una inspección y verificación, de carácter técnico, por parte de personal del
Resolución Consejo Directivo núm. 023-2021
8 de abril de 2021
Página 2 de 18
INDOTEL comisionado a estos efectos, para la obtención y evaluación de los
“logs” y/o registros de los meses de febrero, marzo y abril correspondientes al
servicio contratado por WHITE TELECOM, S. R. L., a ALTICE DOMINICANA, S.
A.
SEGUNDO (2º): ORDENAR a la concesionaria ALTICE DOMINICANA, S. A., la
entrega de cualquier información que le sea requerida por el personal técnico
designado a estos efectos, y que pueda contribuir con el convencimiento de este
Consejo Directivo del INDOTEL para emitir una correcta, motivada y justa
decisión.
TERCERO (3º): ENTREGAR de manera previa a cualquier decisión, a las partes
involucradas en el presente proceso, los registros obtenidos y sus
correspondientes evaluaciones con miras a garantizar su derecho de defensa.
De manera principal:
PRIMERO (1º): DECLARAR, en cuanto a la forma, buena y válida la presente
solicitud de intervención para solución de la controversia entre las concesionarias
WHITE TELECOM, S. R. L., y ALTICE DOMINICANA, S. A., a raíz de la ejecución
del “Contrato de Servicios de Circuitos y/o Facilidades Especiales” suscrito por
dichas concesionarias en fecha veintinueve (29) de febrero del año dos mil veinte
(2020).
SEGUNDO (2º): ACOGER, en cuando al fondo, la presente solicitud de
intervención para solución de la controversia entre las concesionarias WHITE
TELECOM, S. R. L., y ALTICE DOMINICANA, S. A., a raíz de la ejecución del
“Contrato de Servicios de Circuitos y/o Facilidades Especiales” suscrito por dichas
concesionarias en fecha veintinueve (29) de febrero del año dos mil veinte (2020),
y en consecuencia ORDENAR a ALTICE DOMINICANA, S. A.,: 1) Aplicación de
créditos a favor de WHITE TELECOM, S. R. L., de montos no menores al 70% de
cada una de las facturas impugnadas debido a los inconvenientes presentados
durante dichos meses en la provisión del servicio por parte de ALTICE
DOMINICANA, S. A., 2) Eliminación de la totalidad de los cargos aplicados a la
fecha de decisión de la presente solicitud por concepto de mora.
2. En fecha 10 de septiembre de 2020, mediante la correspondencia núm. 206551, WHITE
TELECOM depositó ante el INDOTEL un original del Acto de Alguacil núm. 360/2020 de fecha 4
de septiembre de 2020, contentivo de la notificación realizada a ALTICE de la solicitud de
intervención presentada ante el INDOTEL.
3. En fecha 22 de septiembre de 2020, mediante la correspondencia núm. 207111, ALTICE
depositó en el INDOTEL su escrito de defensa sobre la “Solicitud de Intervención para solución
de controversias existente entre las prestadoras de servicios de telecomunicaciones White
Telecom, S. R. L., y Altice Dominicana, S. A.,” interpuesta por WHITE TELECOM en fecha 4 de
septiembre de 2020, y notificada a ALTICE en la misma fecha. Dicho escrito fue notificado a
WHITE TELECOM mediante el Acto de Alguacil núm. 297-2020 de fecha 21 de septiembre de
2020, el petitorio del indicado escrito se transcribe a continuación:
De manera principal:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR