Resolución No. 026-18 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2018

Número de radicado026-18
Año2018
Fecha de publicación06 Junio 2018
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. 026-18
QUE DECIDE SOBRE LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA TRANSFERENCIA A FAVOR DEL
BANCO INTERCONTINENTAL, S. A. DE LOS TÍTULOS HABILITANTES OTORGADOS A LA
INTERCONTINENTAL DE MEDIOS, S. A. PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE
RADIODIFUSIÓN SONORA.
Con motivo de la solicitud de autorización para la transferencia de títulos habilitantes otorgados a favor
de la sociedad INTERCONTINENTAL DE MEDIOS, S. A. para la prestación de servicios de radiodifusión
sonora mediante el uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, el Instituto Dominicano de las
Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su Consejo Directivo, en el ejercicio de las facultades
conferidas por la Ley General de Telecomunicaciones, No. 153-98, de fecha 27 de mayo de 1998,
reunido válidamente previa convocatoria, dicta la presente RESOLUCIÓN:
Antecedentes.
1. El 22 de junio de 2011, el BANCO INTERCONTINENTAL, S. A. debidamente representado por su
COMISIÓN DE LIQUIDACIÓN ADMINISTRATIVA, mediante la correspondencia No. 85859 solicitó
la transferencia de autorizaciones otorgadas por el Consejo Directivo del INDOTEL a favor de varias
sociedades, para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones,; solicitud que es
realizada al INDOTEL en razón del proceso de liquidación en curso iniciado sobre dicha la indicada
sociedad, así como de los resultados del mismo;
2. Posteriormente, en fecha 17 de noviembre de 2011, la citada solicitante depositó la correspondencia
número 92773 mediante la cual presentó una instancia complementaria a su solicitud descrita en el
numeral que antecede, incluyendo dentro de las sociedades a INTERCONTINENTAL DE MEDIOS,
S. A;
3. En razón de dicha solicitud, el Departamento de Autorizaciones de la Dirección Técnica del INDOTEL
emitió el Informe-Memorando número DA-M-000004-12 de fecha 12 de marzo de 2012 mediante el
cual estableció sus conclusiones respecto a la misma;
4. En virtud de las evaluaciones realizadas, el INDOTEL entendió procedente en primer lugar continuar
el procedimiento de conocimiento y decisión de la solicitud presentada, pero solo, en cuanto a los
títulos habilitantes otorgados a favor de la sociedad INTERCONTINENTAL DE MEDIOS, S. A. En
ese sentido, en fecha 14 de julio de 2014, el INDOTEL mediante comunicación marcada con el
número DE-0002669-14, autorizó la publicación del extracto de la solicitud presentada. En base a
dicha autorización, en fecha 25 de julio de 2014, la solicitante publicó, de manera correcta, un extracto
de la solicitud presentada, mediante la cual se estableció lo siguiente:
Serán transferidos a favor del BANCO INTERCONTINENTAL, S. A., los derechos contenidos
en la Resolución No. 071-02 dictada por el Consejo Directivo del INDOTEL, en fecha 29 de
agosto de 2002, y mediante la cual se otorga a la Intercontinental de Medios, S. A., el derecho
de uso de las frecuencias 97.5 MHz (en el Municipio Sánchez), 91.9 MHz (en la provincia
Samaná) y 91.9 MHz (en la provincia Elías Piña). Asimismo, serán transferidos a favor del Banco
Intercontinental, S. A., los derechos contenidos en la Resolución No. 072-02 de fecha 29 de

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