Resolución No. DE-030-17 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2017

Número de radicado030-17
Año2017
Fecha de publicación03 Agosto 2017
EmisorDirección Ejecutiva
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. DE-030-17
QUE DISPONE LA CLAUSURA PROVISIONAL DE LA ESTACIÓN LA MEGAESTACIÓN
RD” Y LA INCAUTACIÓN PROVISIONAL DE LOS EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES,
POR OPERAR DE MANERA ILEGAL LA FRECUENCIA 94.5 MHz, MUNICIPIO SANTIAGO
DE LOS CABALLEROS, PROVINCIA SANTIAGO, REPÚBLICA DOMINICANA.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su Directora
Ejecutiva, en el ejercicio de las facultades legales conferidas por la Ley General de
Telecomunicaciones, No. 153-98, con fecha 27 de mayo de 1998, y los reglamentos que la
complementan, previa encomienda del Consejo Directivo, ha dictado la siguiente RESOLUCIÓN:
Con motivo de las labores de administración, gestión y control del espectro radioeléctrico realizadas
por el INDOTEL en el rango de frecuencias correspondiente al servicio de radiodifusión sonora en
frecuencia modulada (FM), a los fines de verificar las emisiones derivadas del uso del espectro
radioeléctrico, que le han permitido detectar la operación de una estación de radiodifusión sonora, la
cual conforme ha sido verificado en los Registros que mantiene el INDOTEL no cuenta con las debidas
autorizaciones para transmitir en la frecuencia 94.5 MHz, y que se identifica con el nombre “LA
MEGAESTACIÓN RD”, la cual está ubicada en la Av. República de Argentina esquina Calle Andrés
Pastoriza, Municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, República Dominicana.
Antecedentes.
1. En fecha 10 de marzo de 2017, fue recibida una denuncia de interferencia en la ciudad de
Santiago, por tal razón, la Dirección Ejecutiva instruyó a la Gerencia Técnica del INDOTEL, a
realizar un monitoreo, con el fin de verificar si en la provincia de Santiago existen operaciones de
estaciones radiales sin los debidos permisos establecidos en la Ley General de
Telecomunicaciones, No. 153-98 y sus reglamentos.
2. El 20 de marzo de 2017, el Departamento de Monitoreo de la Gerencia Técnica, reporta que se
procedió a realizar un monitoreo en la frecuencia 94.5 MHz, en el municipio de Santiago de los
Caballeros, en atención a interferencias denunciadas ante el Órgano Regulador, concluyendo en
el reporte el uso de dicha frecuencia sin la autorización pertinente
3. El día 13 de julio de 2017, el del Departamento de Monitoreo emite el memorando GT-M-000241-
17, dirigido a la Gerencia Técnica del INDOTEL, donde ofrecen los resultados de la medición
realizada el 12 de julio de 2017, en Santiago, donde informa que la frecuencia 94.5 MHz aun
continua en operando, sin la autorización debida..

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