Resolución No. DE-032-05 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2005

Número de radicado032-05
Año2005
Fecha de publicación16 Septiembre 2005
EmisorDirección Ejecutiva
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. DE-032-05
QUE DISPONE LA CLAUSURA E INCAUTACIÓN PROVISIONAL DE LAS
INSTALACIONES Y EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES DE LA EMPRESA
“CABLE MAX” QUE OPERA DE MANERA ILEGAL EN EL DISTRITO NACIONAL.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su
Director Ejecutivo I nterino, en ejercicio de las atribuc iones que le conf iere la Ley
General de Telec omunicaciones No. 153-98, de fecha 27 de mayo de 1998, actuando
previa encomien da del Consejo Directivo, ha dictado la sigui ente RESOLUCIÓN:
Antecedentes
1. En fecha 12 de mayo de 20 04, mediante c omunicación marcada D-9 8-04, la Oficin a
Nacional de Derec ho d e Autor (ONDA), solicitó al INDOTEL l a insp ección d el siste ma
de c able de la compañía “CABLE MAX”, ubicada en el sector de Cristo Rey, Distrito
Nacional, a raíz de la visit a realizada por uno de sus inspectores en comp añía del I ng.
Javier García de la Gerencia de Inspecc ión del INDOTEL, atendiendo a varias
denuncias recibidas por la ONDA, los cuales pudieron constatar la retr ansmisión de
canales sin los contratos correspondientes por parte de dicha compañía de cable,
alegando que operaban b ajo el nombre de Telecable Dominicano División Cristo Rey,
por ser una dependencia de la empresa Telecable Dominicano al utilizar el mismo
head end”;
2. En fecha 25 de noviembr e de 2004, y en atención a la solicitud realizada por la
ONDA, técnic os del INDOTEL proc edieron a realizar la inspección de las ins talaciones
de la empres a CABLE MAX, concluy endo que la misma operaba a la fecha en los
sectores de Cristo Rey, Villas Agrícolas, Buenos Aires de Herr era y Puert o Isabela,
“[…] sin contar c on la debida autorización [... ]”;
3. En comunicación fechada 28 de julio de 2005, la O NDA se dirige nuevamente al
INDOTEL solicitando esta vez la suspensión de la empresa CABLE MAX, “[…] po r
encontrarse retransmitiendo señales por ca ble sin la debida autorización de l
INDOTEL, según acta levantada por el In g. Arístides Espi nal, en su calida d de
inspector de esa oficina [...]”, la cual refiere la retransmisión de canales sin la debida
autorización;
4. En fecha 2 de agosto de 2005, la ONDA remite al INDOTEL, vía su Consultor
Jurídico, Lic. Carlos J. Medina, copia del s ometimiento llevado a cabo por esa oficina
ante la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, con relación a la violación de la Ley
No. 65-00 y su Reglam ento de Aplicación No. 362-01 y la Ley general d e
Telecomunicaci ones No. 153-98 contra la em presa CABLE MAX.
5. En fech a 23 de agosto de 2005, el INDOTEL recibe nuevas denuncias sobre la
operación ilegal de la empresa CABLE MAX y su expansió n hacia los s ectores Duarte,
Las Palmas y Las Caobas por parte de varias empresas del servicio de difus ión por
cable que oper an en el Distrito Nacional;
6. En fechas 7 y 8 de s eptiembre de 2005, respectivamente, técnicos de la G erencia
de Ins pección del INDOTEL realizan una nueva investigación, la c ual arrojó que “[…]
la e mpresa CABLE MAX se encuentra cableando los s ectores de Buenos Aires, Las

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