Resolución No. DE-037-05 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2005

Número de radicado037-05
Año2005
Fecha de publicación26 Septiembre 2005
EmisorDirección Ejecutiva
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INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. DE-037-05
QUE EMITE EL DICTAMEN RELATIVO A LA MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE
INTERCONEXIÓN VIGENTE ENTRE LAS CONCESIONARIAS ALL AMERICA
CABLES & RADIO, INC. DOMINICAN REPUBLIC Y ECONOMITEL, C. POR A.,
SUSCRITA MEDIANTE ADDENDUM DE FECHA OCHO (8) DE AGOSTO DE DOS
MIL CINCO (2005).-
El Instituto Dominic ano de las Telecomunicaci ones (INDOTEL), por órgan o de su
Director Ejecutivo Interino, actuand o prev ia enc omienda del Consejo Directivo, al tenor
de lo dispuesto por los artículos 84, 87 y 91 de la Ley General de Telecomunicaci ones
No.153-98, dicta la siguiente RESOLUCION:
Antecedentes.
1. En fecha 28 de mayo de 2003, las concesionarias ALL AMERICA CABLES &
RADIO, INC. DOMINICAN REPUBLIC (en lo adelante CENTENNIAL”) y
ECONOMITEL, C. POR A. (en lo adelante “ECONOMITEL”) suscribieron un contrato de
interconexión con el objeto de regular el intercambio de tráfico entre sus respectivas
redes (“Contrato”), así como las condiciones técni cas, económicas y financie ras bajo las
cuales se regiría dicha relación comercial;
2. En fecha 8 de agosto de 2005, CENTENNIAL y ECONOMITEL suscribieron un
addendum al indic ado Contrato (“A ddendum”), mediante el cual introducen
modificaciones a las cláusulas 1, 4.3, 4.4, 4.5, 8.2.7, 10.1.1, 10.1.1.1, 10.1.1.2, 10.1.1.3,
10.1.1.4, 10.1.1.5, 10.1.1.6, 10.1.1.7, 10.1.1.8, 10.1. 1.9, 10. 1.1.10, 10.2, 10.2.1, 10.4.3,
11.3.2.2, 11.4, 1 5.2, 15.3 y 18.4 del Contrato;
3. Mediant e carta de fecha 18 de agost o de 2005, recibida en el INDOTEL el día 19 d e
agosto de 2005, la licenciada Claudia García Ca mpos, en su cali dad de Directora Legal
y Regulatorio de CENTENNIAL, y el licenci ado Teófilo Rosario Martínez, en su
condición de Vicepresidente Legal de ECONOMITEL, depositaron de manera con junta
una copia del Adde ndum, en cumpli miento a lo dispuesto por el artículo 57 de la Ley
General de Telecomunicaciones No. 153-98 (“Ley”) y el artículo 24 del Reglamento
General d e Interco nexión d e Redes de Servicios Públicos de Teleco municaciones
(“Reglamento”);
4. Atendien do al mandato del art ículo 57 de la Ley, las citadas concesio narias
publicaron un extr acto del Addendum mediante espacio pagado aparecid o en la pág ina
19 (sección de “Deportes”) de la edición del 20 de agosto de 2005 del periódico “El
Caribe”.
EL DIRECTOR EJECUTIVO INTERINO DEL I NSTITUTO DOMINICANO DE LAS
TELECOMUNICACIONES, DESPUÉS DE HABER ESTUDIADO
Y DELIBERADO SOBRE EL CASO:

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