Resolución No. DE-038-17 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2017

Número de radicado038-17
Año2017
Fecha de publicación28 Septiembre 2017
EmisorDirección Ejecutiva
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. DE-038-17
QUE DISPONE LA CLAUSURA PROVISIONAL Y LA INCAUTACION PROVISIONAL DE LOS
EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES, DE LA ESTACIÓN QUE OPERA DE MANERA ILEGAL LA
FRECUENCIA 93.7 MHz., EN EL MUNICIPIO DE JARABACOA, PROVINCIA LA VEGA.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su Directora
Ejecutiva, en el ejercicio de las facultades legales y reglamentarias conferidas por la Ley General de
Telecomunicaciones, No. 153-98, con fecha 27 de mayo de 1998, previa encomienda del Consejo
Directivo, ha dictado la siguiente RESOLUCIÓN:
Con motivo de la operación ilegal de una estación de radiodifusión sonora que transmite desde la
frecuencia 93.7 MHz, en el Municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega, conforme los resultados e
informes del monitoreo realizados en la banda del espectro radioeléctrico correspondiente al servicio
de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM), realizado por funcionarios del Departamento de
Monitoreo de la Gerencia Técnica del INDOTEL.
Antecedentes. -
1. El día 14 de junio de 2017, este órgano regulador, haciendo uso de la facultad de control y
vigilancia que con respecto al espectro radioeléctrico le atribuye la Ley General de
Telecomunicaciones, No. 153-98, procedió a realizar, de oficio, labores de inspección y
monitoreo en el rango de las frecuencias destinadas al servicio de radiodifusión sonora en
Frecuencia Modulada (FM), en la ciudad de Jarabacoa, Provincia La Vega, comprobándose
actividad en la frecuencia 93.7 MHz, por una estación que se denomina Montaña FM”.
2. El día 19 de junio de 2017, los funcionarios del Departamento de Monitoreo de la Gerencia
Técnica del INDOTEL, emitieron el Reporte de Comprobación Técnica MER-I-0000124-17,
mediante el cual los inspectores actuantes concluye que mediante las comprobaciones técnicas
realizadas en la provincia de La Vega, detectaron que la estación 93.7 MHz que se identifica
como Montaña FM y que trasmite desde la calle 7 entre las calles Gastón F, Deligne y María
Auxiliadora, está transmitiendo y no cuenta con la debida autorización del Órgano Regulador,
para transmitir desde el pueblo de Jarabacoa. Por tal motivo recomiendan que esta estación
sea clausurada de inmediato, ya que todas estas estaciones han sido reportadas por el equipo
técnico del INDOTEL en varias ocasiones”
3. Que en fecha 20 de junio de 2017, la Gerencia Técnica remit a la Dirección Ejecutiva vía
Consultoría Jurídica, el informe de Monitoreo No. MER-I-0000124-17 de fecha 19 de junio de
2017, recomendando que se proceda con el cierre de la estación que opera de forma ilegal en
la frecuencia 93.7 MHz, del Municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega.
LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO DOMINICANO DE LAS
TELECOMUNICACIONES, DESPUES DE HABER ESTUDIADO
Y DELIBERADO SOBRE EL CASO:
CONSIDERANDO: Que conforme con lo dispuesto por el artículo 78 de la Ley General de
Telecomunicaciones, No. 153-98, promulgada con fecha 27 de mayo de 1998, son funciones del

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