Resolución No. DE-039-01 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2001

Número de radicado039-01
Año2001
Fecha de publicación25 Octubre 2001
EmisorDirección Ejecutiva
RESOLUCIÓN DE. 39-01
Que decide sobre la solicitud de autorización de transferencia de derechos sobre las licencias
No.400 (frecuencia 1030 AM) y No. 401 (92.7 FM), del señor Rafael Espada Cintrón en favor de
DIGITAL 15, CANAL 15 T.V., C. POR A.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), a través de su Director Ejecutivo,
en ejercicio de las facultades legales que le confiere la Ley General de Telecomunicaciones No.
153-98, de fecha 27 del mes de mayo del año 1998 y el Reglamento de Concesiones, Inscripciones
en Registros Especiales y Licencias para prestar Servicios de Telecomunicaciones en la República
Dominicana, en ocasión de la solicitud de autorización de transferencia de derechos sobre las
licencias No. 400 (frecuencia 1030 AM), y No. 401 (frecuencia 92.7 FM) del señor Rafael Espada
Cintrón en favor de DIGITAL 15, CANAL 15 T.V., C. POR A., ha emitido la siguiente RESOLUCIÓN:
CONSIDERANDO: Que mediante instancia de fecha cuatro (04) de mayo del año
2001, Rafael Espada Cintrón, a través de su apoderado legal, solicitó al INDOTEL la autorización
para la transferencia de sus derechos sobre las licencias No. 400 (frecuencia 1030 AM) y No. 401
(frecuencia 92.7 FM), expedidas a su nombre, en favor de DIGITAL 15, CANAL 15 T.V., C. POR A.
CONSIDERANDO: Que a fin de dar cumplimiento con las disposiciones del artículo 64.1
del Reglamento de Concesiones, Inscripciones en Registros Especiales y Licencias para prestar
Servicios de Telecomunicaciones en la República Dominicana, en fecha cuatro (04) de mayo del
año 2001, el solicitante, Rafael Espada Cintrón, depositó por ante el INDOTEL, bajo inventario, la
siguiente documentación:
a) Modelo del Contrato de cesión de derechos a ser suscrito entre Rafael Espada Cintrón y la
sociedad DIGITAL 15, CANAL 15 T.V., C.POR A. contentivo de los términos y condiciones de la
transacción entre las partes.
b) Dos (2) copias de las licencias de operación No.400 (frecuencia 1030 AM) y No.401 (frecuencia
92.7 FM).
c) Copia de los documentos constitutivos de DIGITAL 15, CANAL 15 T.V., C. POR A., debidamente
registrados, a saber:
-Recibos de pagos de impuestos;
-Estatutos Sociales;
-Compulsa notarial;
-Lista de suscriptores;
-Asamblea General Constitutiva;
-Formulario, recibo y tarjeta de identificación tributaria;
-Carta y Autorización de la Dirección General de Impuestos Internos para depositar documentos
en los tribunales correspondientes;
-Aviso de constitución publicado en el periódico El Listín Diario de fecha 3 de mayo del 2000.
d) Declaración del señor Rafael Espada Cintrón certificando que sus derechos sobre las licencias
objeto de cesión no serán transferidos hasta tanto se haya obtenido la correspondiente
autorización delINDOTEL para realizar dicha transacción y que el modelo de contrato presentado

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