Resolución No. DE-041-05 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2005
Número de radicado | 041-05 |
Año | 2005 |
Fecha de publicación | 26 Septiembre 2005 |
Emisor | Dirección Ejecutiva |
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INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. DE-041-05
QUE EMITE EL DICTAMEN RELATIVO A LA MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE
INTERCONEXIÓN VIGENTE ENTRE LAS CONCESIONARIAS VERIZON
DOMINICANA, C. POR A. Y TRICOM, S. A., SUSCRITA MEDIANTE ADDENDUM DE
FECHA OCHO (8) DE AGOSTO DE DOS MIL CINCO (2005).-
El Instituto Dominic ano de las Telec omunicaciones (INDOTEL), por órgano de su
Director Ejecutivo Interino, actuand o prev ia enc omienda del Consejo Directivo, al tenor
de lo dispuesto por los artículos 84, 87 y 91 de la Ley General de Telecomunicaci ones
No.153-98, dicta la siguiente RESOLUCION:
Antecedentes.
1. En fecha 11 de abr il de 2003, las concesionarias VERIZON DOMINICANA, C. POR
A. (en lo adelante “VERIZON”) y TRICOM, S. A. (en lo adelante “TRICOM”) suscr ibieron
un contrato de interconexión con el objeto de regular el intercambio de tr áfico entre sus
respectivas redes (“Contrato”), así como las condiciones técnic as, económicas y
financieras bajo las cuales se regiría dicha rel ación comercial;
2. En fecha 8 de agosto de 2005, VERIZON y TRICOM suscribieron un addendum al
indicado Contrato (“Adde ndum”), mediante el cual introd ucen modificaciones a las
cláusulas 1, 4.2.2, 4.3, 4.4, 4.5, 8.2.7, 10.1.1, 10.1.1.1, 10.1.1.2, 10.1.1.3, 10.1.1.4,
10.1.1.5, 10.1.1.6, 10.1.1.7, 10.1.1.8, 10.1.1.9, 10.1.1.10, 10.4, 10.5, 10.5.1, 11.3.2.2,
11.4, 15.2, 15.3 y 18.4 del Contrato;
3. Mediant e carta de fecha 18 de agost o de 2005, recibida en el INDOTEL el día 19 d e
agosto de 20 05, los licenci ados Robins on Peña, en su condición de Director Regulatorio
de VERIZON, y la Teófilo Rosario Martínez, en su calidad de Vicepresidente Legal de
TRICOM, depositaron de maner a conjunta una c opia del Addendum, en cumplimiento a
lo dispuesto por el artículo 57 de la Ley G eneral de Telecomunicaciones No. 153-98
(“Ley”) y el artículo 24 d el Reglamento Gener al de Interconexión de Redes de Servicios
Públicos de Telecomunicaciones (“Reglamento”);
4. Atendiendo al mandato del artículo 57 de la Ley, las citadas concesionarias
publicaron un extr acto del Addendum mediante espacio pagado aparecid o en la pág ina
11 (sección “El Deporte”) de la edición del 20 de agosto de 2005 del periódico “Listín
Diario”.
EL DIRECTOR EJECUTIVO INTERINO DEL I NSTITUTO DOMINICANO DE LAS
TELECOMUNICACIONES, DESPUÉS DE HABER ESTUDIADO
Y DELIBERADO SOBRE EL CASO:
CONSIDERANDO: Que en la especie, este órgano regulador ha sido apoderado de la
modificación introducida por las concesionarias VERIZON y TRICOM en sus relaciones
de interconexión, al tenor de lo dispuesto por el artículo 57 de la Ley General de
Telecomunicaciones No. 153-98 y el artículo 25 del Reglamento General de
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