Resolución No. 043-04 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2004

Número de radicado043-04
Fecha de publicación12 Abril 2004
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN NO. 043-04
QUE RATIFICA LOS DERECHOS DE LA SOCIEDAD CORPORACION DE
TELEVISION Y MICROONDAS RAFA, C. POR A. (TELEMICRO) PARA
OPERAR LA FRECUENCIA 88.1 MHZ A NIVEL NACIONAL.
El Consejo Directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones
(INDOTEL), en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley General de
Telecomunicaciones, número 153-98, del 27 de mayo de 1998, reunido
válidamente previa convocatoria, dicta la siguiente RESOLUCIÓN:
RESULTA: Que en fecha veinticinco (25) de agosto de 1995 el señor Juan
Ramón Gómez Díaz solicitó al entonces Presidente Constitucional de la
República, Dr. Joaquín Balaguer, la asignación de la frecuencia 88.1 Mhz a
nivel nacional, en vista de su afiliación con los canales de Univisión de Estados
Unidos y de Venevisión en Venezuela, que eran las estaciones de mayor
cobertura en el territorio Americano, Latinoamericano y El Caribe, y a los fines
de transmitir programas noticiosos y culturales para el esparcimiento del
pueblo dominicano.
RESULTA: Que posteriormente, en fecha ocho (8) de julio de 1996 el señor
Juan R. Gómez Díaz remitió una nueva comunicación al Presidente de la
República en la cual, entre otros asuntos, le reiteraba el pedimento de
asignación de la frecuencia 88.1 Mhz.
RESULTA: Que en fecha 16 de julio de 1996 el Secretario de Estado de la
Presidencia, como era de rigor bajo el antiguo régimen legal de las
telecomunicaciones, dirigió al Director General de Telecomunicaciones el oficio
10497, en el cual incluye la solicitud realizada por el señor Juan R. Gómez Díaz
para “fines de estudio, opinión e informe al Excelentísimo señor Presidente de
la República”.
RESULTA: Que en fecha, nueve (9) de agosto de 1996 el Director General de
Telecomunicaciones dirigió al Secretario de Estado de la Presidencia el oficio
1816, mediante el cual responde al oficio precedentemente indicado No. 10497
y le informa, en relación a la asignación de la frecuencia 88.1 Mhz que “una vez
concluida la unificación del canal 4 de RTVD, conforme a lo indicado en la
Resolución No. 2-95 y haberse comprobado las transmisiones del canal 6 a
través del canal 5, conforme lo indica la Resolución No. 3-95, procederemos a
realizar los estudios técnicos que nos permitan emitir nuestra opinión”.
RESULTA: Que en fecha quince (15) de agosto de 1996 el Consultor Jurídico
del Poder Ejecutivo, Dr. Héctor Pérez Reyes, dirigió al Director General de
Telecomunicaciones el oficio 1059 en el cual informa textualmente: “Devuelto,
muy cortésmente, con la aprobación del Poder Ejecutivo de conformidad con lo

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